Las entidades de gestión de derechos de autor deberán ampliar su acción social a la inclusión de la discapacidad
- Según la nueva normativa sobre propiedad intelectual
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Las entidades de gestión de derechos de autor deberán ampliar su función social a la inclusión de las personas con discapacidad en los campos creativos y artísticos, así como a la promoción de la oferta digital accesible, según dispone la ley que reforma la regulación normativa de la propiedad intelectual publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado.
Según informó hoy en un comunicado el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), en concreto, la nueva norma modifica el artículo 155 de la Ley de Propiedad Intelectual vigente, dedicado a la función social y al desarrollo de la oferta digital legal por parte de las entidades de gestión, a las que atribuye como tarea “las actividades para fomentar la integración de autores y artistas con discapacidad en su respectivo ámbito creativo o artístico, o ambos”.
De igual modo, extiende el cometido social de estas entidades “a la promoción de la oferta digital de sus obras, creaciones y prestaciones, y el acceso de las personas con discapacidad a las mismas en el ámbito digital”.
Con esta medida, solicitada por el Cermi, se refuerza la dimensión social e inclusiva de las entidades de gestión de derechos, incrementándose los recursos que en el futuro podrán destinarse a favorecer la creación cultural de las personas con discapacidad o el acceso a las creaciones culturales de esta parte de la población.
(SERVIMEDIA)
05 Nov 2014
GJA