Memoria Histórica. El Gobierno amplia un año el plazo para que represaliados franquistas pidan la nacionalidad española
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Ministros aprobó hoy un acuerdo por el que se amplía en un año el plazo para ejercer el derecho de optar a la nacionalidad española, recogido en la ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.
El Gobierno podrá prorrogar por un tercer año el plazo de dos años previsto para el ejercicio del derecho a optar a la nacionalidad española de origen que la ley reconoce a las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español y a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.
Esta normativa implica a las Oficinas del Registro Civil, con una incidencia muy importante sobre las Oficinas del Registro Civil Consular, que han recibido 161.463 solicitudes de opción a la nacionalidad española de origen durante el primer año de vigencia de la Disposición Adicional Séptima.
De estas, 154.327 solicitudes, el 95.5 por 100 del total, se ha recibido en Oficinas del Registro Civil Consular de las Embajadas y Consulados Generales de España en Iberoamérica y en el Consulado General de España en Miami.
Los refuerzos en la dotación de las Oficinas del Registro Civil Consular y una importante campaña de información han permitido el inicio y un desarrollo satisfactorio de la aplicación de la normativa. Sin embargo, se ha comprobado que el elevado número de solicitudes presentadas en Iberoamérica va a desbordar la capacidad de las Oficinas Consulares y podría hacer imposible atender todas las solicitudes de opción a la nacionalidad española de origen que se presenten en los dos años inicialmente previstos para la vigencia de la Disposición Adicional Séptima.
En consecuencia, la prórroga en un año del plazo de dos previsto para optar a la nacionalidad española, permitiría atender todas las solicitudes de cita ya presentadas y pendientes de asignación de fecha, así como todas las solicitudes que se presenten y que no puedan ser atendidas en los dos primeros años de aplicación inicialmente previstos en la Ley 2007.
(SERVIMEDIA)
22 Ene 2010
PAI