Cataluña. La Generalitat empezó a preparar este sábado un “censo” para el 9-N
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La Generalitat empezó a preparar este mismo sábado, a través de una consejería y de un organismo autonómico, una especie de “censo” para la consulta del 9 de noviembre, algo que se realizaría a partir de los datos del Registro de Población de Cataluña y otros instrumentos registrales.
En concreto, el acuerdo para conseguir este “censo” fue suscrito por el Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales catalán y el Instituto de Estadística de Cataluña (Idescat).
Según un documento del Idescat facilitado a Servimedia, el sábado 27 de septiembre, mismo día en el que Artur Mas firmó el decreto de la consulta, esta entidad estadística y el Departamento de Gobernación acordaron colaborar “dentro del marco legal de la Ley de Estadística de Cataluña y de la Ley de Consultas Populares no Referendarias”.
No obstante, esta colaboración, materializada en el acuerdo del sábado, se desconoce en qué va a quedar después de que el Tribunal Constitucional suspendiera este lunes la consulta soberanista. Fuentes del Departamento de Gobernación y del Instituto de Estadística, consultadas por esta agencia, declinaron hacer declaraciones a este respecto.
DATOS DEL DOMICILIO
El Idescat, de acuerdo con lo que establece el artículo 51 de Ley de Estadística catalana, “es el responsable de poner en marcha, mantener, explotar y custodiar el Registro de Población de Cataluña”.
Además, los datos del Registro de Población de Cataluña, de acuerdo con el artículo 48 de la citada norma de estadística de Cataluña, “pueden ser utilizados por los órganos de la Generalitat de Catalunya si lo necesitan para ejercitar sus competencias y únicamente en aquellos expedientes en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes”.
Por otro lado, la ley de consultas elaborada por el Gobierno catalán, en su artículo 6.2 establece que “el Registro de Participación en Consultas Populares no Referendarias está integrado por los datos del Registro de Población de Cataluña”.
Aunque esta ley también agrega que para elaborar el mencionado “censo” se podrá consultar el denominado "Registro de Catalanes y Catalanas en el Extranjero", además de “los datos de otros instrumentos registrales que acrediten la condición de persona legitimada, determinados por las reglas específicas de la convocatoria”.
(SERVIMEDIA)
30 Sep 2014
MFN/nbc