Educación. El Supremo rechaza la paralización cautelar de la Lomce que pedían Cataluña y Andalucía
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado la suspensión cautelar de los dos decretos del Gobierno central sobre Primaria y Formación Profesional Básica, contra los cuales actuaron legalmente la Junta de Andalucía y la Generalitat de Cataluña.
En tres autos dictados en julio y conocidos este jueves, el Alto Tribunal desestima la suspensión cautelar de estas normas. Los recursos de Andalucía y Cataluña, de haber salido adelante, habrían llevado a la paralización el curso que viene de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce).
Está previsto que la Lomce empiece a aplicarse en 1º, 3º y 5º de Primaria y en 1º de la nueva FP Básica a partir de este mes de septiembre. Es precisamente este calendario el que Andalucía y Cataluña, que también recurrieron la ley en el Constitucional, querían evitar.
TRANSCRIPCIÓN LITERAL
Así, la Generalitat catalana pidió la suspensión cautelar del Real Decreto de FP Básica, un texto que también recurrió Andalucía, junto al real decreto de Primaria.
En los tres casos, las autonomías argumentaron “falta de tiempo” para garantizar unos mínimos estándares de calidad y, respecto a la FP Básica, Andalucía se refirió a la necesidad de reubicar o despedir a 500 profesores y a la imposibilidad de que las dos primeras promociones de FP Básica obtengan el título de ESO a causa del calendario.
El Supremo argumenta que las disposiciones contenidas en estos reales decretos “son una transcripción” literal de lo previsto en la Lomce, con lo que su suspensión implicaría de hecho la paralización cautelar de una norma con rango de ley. Como “es perfectamente sabido, (esto) queda fuera de la potestad de esta sala”.
(SERVIMEDIA)
21 Ago 2014
AGQ/nbc