Aprobado el decreto que obliga a Cataluña a pagar el colegio privado a quienes no encuentren oferta en castellano

El Estado lo adelantará, pero se lo detraerá de la financiación autonómica

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este viernes el real decreto que desarrolla la disposición adicional 38 de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), por la que se regula el derecho a la escolarización en castellano en las comunidades con dos lenguas cooficiales.

La Lomce prevé que si las autonomías afectadas no garantizaban la utilización en una “proporción razonable” de ambas lenguas dentro de la red pública o concertada, los alumnos que no viesen satisfecha su demanda recibirían el abono de la inscripción en centros privados.

En el texto aprobado hoy, el Gobierno fija el procedimiento para acceder a esta compensación, los conceptos que cubre la medida y el límite de gasto, entre otros aspectos.

Será el Ministerio de Educación el que abone a las familias los gastos en que incurran a causa de la escolarización en centros privados y, a continuación, este remitirá las facturas a Hacienda, que podrá detraer dichos fondos a través de la financiación autonómica. Según el real decreto, dicho abono no se limita a la matrícula, pues “si es preciso” incluirá también los gastos de transporte, comedor e internado. Todos aquellos conceptos “imprescindibles” para la escolarización, explicó en rueda de prensa el ministro del ramo, José Ignacio Wert.

Eso sí, los gastos no podrán sobrepasar el coste de escolarización de un alumno en la enseñanza pública (dentro de la misma etapa educativa) que el INE determina para cada autonomía, y que en la actualidad se sitúa en los 6.057 euros al año.

No obstante, “esto no significa que siempre se deba alcanzar este límite”, precisó Wert.

Será la Alta Inspección del Estado en cada comunidad autónoma la que, ante la queja de algún afectado, verifique que, en efecto, ningún centro público o concertado asegure este derecho que “recoge la Constitución”.

La resolución final es competencia de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial (dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte), que antes de tomar ninguna decisión deberá atender a la información y demás explicaciones que facilite la comunidad afectada.

Solo en caso de que dicha oferta no se garantice, el Estado reconocerá el derecho al abono de la escolarización en centros privados durante toda la enseñanza obligatoria, que en todo caso será revocado cuando cambie la situación.

Por ello, Wert apuntó que se trata de un derecho “limitado y temporal”, que se terminará en cuanto la Comunidad en cuestión “adopte las medidas adecuadas”.

El ministro insistió en que no se trata ni de un ataque a las lenguas cooficiales ni tampoco al modelo de inmersión lingüística catalán, ya que el texto se refiere a “una proporción razonable de ambas lenguas en la oferta educativa”, en referencia a que el castellano se utilice en alguna asignatura no lingüística, pero nunca en todo el currículum. Finalmente, recalcó la constitucionalidad de la medida, y recordó la “amplia” jurisprudencia que avala este derecho.

(SERVIMEDIA)
11 Jul 2014
AGQ/gja