Los españoles podrán volver a adoptar niños rusos, aunque este país hará mayor seguimiento de los menores
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El Consejo de Ministros autorizó hoy la firma del convenio de colaboración en materia de adopción de adopciones entre España y Rusia, que introduce novedades respecto al acuerdo antes existente entre años países. Los principales cambios tienen que ver con el seguimiento que las autoridades rusas podrán hacer de sus menores.
La firma de este Convenio ya había sido autorizada por el Gobierno el 20 de diciembre de 2013. Posteriormente, tuvo lugar una reunión en Moscú para conciliar las versiones española y rusa del texto.
En el transcurso de la citada reunión, las autoridades rusas propusieron la introducción de una serie de modificaciones al texto, algunas derivadas del cotejo de las versiones española y rusa, y otras, de carácter sustantivo. La introducción de estas modificaciones supone un cambio material del contenido del texto cuya firma había autorizado el Consejo de Ministros, lo que ha determinado que se considere necesario someter de nuevo la autorización de su firma al Consejo de Ministros.
Las adopciones de menores rusos por familias españolas se vieron afectadas por la entrada en vigor el pasado mes de julio de la nueva legislación rusa sobre la materia. Ello impidió nuevas adopciones en tanto se formalizara el oportuno marco legal bilateral hispano-ruso, de conformidad con lo exigido por la nueva normativa rusa.
1.000 FAMILIAS AFECTADAS
También supuso la paralización de numerosos procesos de adopción en curso. Se calcula que el número de familias españolas afectadas por la paralización de los oportunos trámites judiciales de los procedimientos de adopción podía situarse en torno al medio millar, de las cuáles, al menos una quinta parte, podrían tener ya un menor asignado.
El Convenio al incluye modificaciones abren ahora la posibilidad de que las autoridades rusas soliciten informes sobre la situación de los menores rusos adoptados por familias españolas, con independencia de la fecha de constitución de la adopción.
No obstante, se establece que este compromiso se articula en tanto que lo permita la legislación del Estado receptor (España). La otra modificación, sobre el seguimiento postadoptivo, establece la garantía, por parte de las autoridades del Estado receptor, de que el menor adoptado será inscrito en el Matrícula Consular del Consulado de la Federación Rusa que corresponda por su domicilio.
El Ejecutivo destacó que la suscripción del Convenio se considera oportuna por varias razones, entre ellas que establecerá un marco de colaboración entre las autoridades competentes de ambos países. Este marco está, basado en el Convenio XXXIII de la Conferencia de la Haya de Derecho Internacional Privado, relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional, Convenio que aún no ha sido ratificado por la Federación de Rusia.
(SERVIMEDIA)
04 Jul 2014
NBC/gja