La IGAE considera “nulo” el aumento del contrato en Toledo con la empresa que dió 200.000 euros a la campaña de Cospedal
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La Intervención General del Estado (IGAE) ha enviado su informe definitivo al juez de la Audiencia Nacional que instruye el caso de los `papeles de Bárcenas´, Pablo Ruz, y en él considera legal el contrato para la recogida de basuras adjudicado a Sufi, la empresa que había entregado 200.000 euros al gerente del PP en Castilla-La Mancha para la campaña electoral autonómica de 2007 de Maria Dolores de Cospedal. Sin embargo, estima que es “nulo” el aumento discreccional del monto del contrato acordado por el consistorio pocos días antes de las elecciones.
El informe de la IGAE, al que tuvo acceso Servimedia, explica que sólo cuatro días antes de las elecciones de 2007, que ganó el PSOE, el Gobierno Municipal de Toledo bajo mandato del popular José Manuel Molina, aprobó un alza en el precio del contrato de más de 11 millones de euros, que no se ajustarían a los procesos legalmente establecidos. El contrato fue referendado posteriormente por el nuevo alcalde, el socialista Emiliano García Page, que venció los comicios.
La Intervención General del Estado concluye que el contrato de basuras adjudicado a Sufi, una filial de Sacyr, “cumple la legalidad administrativa”. Este contrato estaba siendo investigado en la Audiencia Nacional para esclarecer si su adjudicación tuvo algo que ver con la donación antes citada autorizada por el expresidente de la compañía Luis del Rivero, imputado en la cusa de los 'papeles de Bárcenas', que investiga una presunta contabilidad B del PP.
El extesorero del Partido Popular, Luis Bárcenas, decraró al juez Ruz que la secretaria general del partido, María Dolores de Cospedal, influyó para que el Ayuntamiento de Toledo concediera el contrato de recogida de basuras a Sufi.
Ahora la IGAE afirma que la oferta realizada por la empresa fue la que más puntuación obtuvo en el concurso público de adjudicación, aunque indica que faltan documentos del expediente. En términos generales, indica el informe, “la preparación del contrato se realizó cumpliendo con el régimen jurídico aplicable”.
Aún así indica que “no consta en el expediente la justificación de la elección del procedimiento de contratación elegido ni se motiva su necesidad. Tampoco se aporta un certificado de insuficiencia de medios que justifique la contratación”. Así que, “salvo por las debilidades del procedimiento señaladas, y teniendo en cuenta que no se ha podido analizar el sobre B que contiene la documentación técnica de las ofertas, no se han encontrado diferencias significativas a la hora de aplicar los diferentes criterios de valoración a las ofertas”.
Sin embargo, la Intervención General del Estado sostiene que el acuerdo para pagar 11,4 millones más a la empresa se adoptó "omitiendo el procedimiento legalmente establecido y careciendo de los informes preceptivos por lo que sería nulo de pleno derecho".
(SERVIMEDIA)
27 Jun 2014
SGR/CLG/pai