Abdicación. UPyD acusa a PP y PSOE de aforar al Rey para “escamotear la regeneración del país”

MADRID
SERVIMEDIA

Rodrigo Tena Arregui, miembro del Consejo de Dirección de UPyD, considera que el aforamiento de don Juan Carlos cuando deje de ser rey servirá para “escamotear una vez más la imprescindible regeneración del país” y califica de “discutible” que conserve la inviolabilidad por todos los actos realizados durante su reinado.

Este dirigente de la formación magenta plantea, en un artículo publicado en la web de su partido recogido por Servimedia, si es razonable este aforamiento, una figura jurídica que define como “privilegio defensivo de nuestra clase política con la finalidad de intentar controlar lo mejor posible a los jueces que deben instruir sus abundantes causas penales”. El aforamiento del todavía Monarca es el tema de discusión de estos días entre PP y PSOE.

Tena califica de “casi inevitable” el aforamiento del Rey dado el “semejante número de aforados” que hay en España. Asimismo, destaca que la nueva ley que otorga protección jurídica al Rey “está destinada a consolidar los privilegios de nuestra clase política por la vía de desactivar todavía más a nuestros jueces”.

En este sentido, este miembro de la dirección de UPyD critica la celeridad con la que el Gobierno pretende aprobar esta ley orgánica y afirma que “aforar al Rey tiene el efecto indirecto de legitimar de alguna manera ese pernicioso principio de que los jueces de instrucción son gente peligrosa y vengativa”.

Por otro lado, Tena vincula la inviolabilidad del Rey con el refrendo de sus actos “de tal manera que sólo sería irresponsable por los actos refrendados o realizados en el ejercicio de sus funciones públicas”. En una interpretación más restrictiva del artículo 56.3 de la Constitución, se plantea si don Juan Carlos “debería conservar ese privilegio respecto de todos sus actos o únicamente respecto de los refrendados”.

Este dirigente critica que el anteproyecto de ley orgánica, al que califica de “prodigio de concisión jurídica” no regule la protección jurídica del Monarca. Asimismo defiende que a don Juan Carlos se le puedan exigir responsabilidades por aquellos “actos correspondientes a su esfera privada de actuación realizados durante su reinado”.

Tena ilustra esta responsabilidad jurídica del Rey con los casos de demandas de paternidad: “Si uno continúa siendo padre biológico tras la abdicación -como obviamente no puede ser de otra manera-, ¿no se le puede reclamar esa paternidad porque el "acto" que la originó se realizó siendo rey? ¿Y si fue antes?”.

(SERVIMEDIA)
09 Jun 2014
CLG/pai