El PP exige al Gobierno que elimine la discriminación de las personas con discapacidad en el notariado
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El Grupo Parlamentario Popular ha registrado una proposición no de ley en el Congreso de los Diputados en la que pide al Gobierno que elimine las trabas que encuentran las personas con discapacidad para acceder al ejercicio del notariado.
En la exposición de motivos de su propuesta, los populares argumentan que el artículo 182 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Notariado califica de "inhábiles o incapaces" para intervenir como testigos en la escritura a "las personas con discapacidad psíquica, los invidentes, los sordos y los mudos".
El PP recuerda igualmente que la redacción del citado artículo fue denunciada ya en el Informe España 2008-Derechos Humanos y Discapacidad, aprobado por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), además de haber acumulado diferentes quejas ante el Defensor del Pueblo.
Sin embargo, denuncia el Grupo Popular, a pesar de estas quejas, el texto no ha sido modificado como habría cabido esperar, por lo que la norma da lugar a "situaciones de discriminación notables".
En opinión del PP, sólo con adoptar medidas de apoyo o de ajustes razonables se podría situar a las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que el resto en el ámbito del acceso al ejercicio del notariado.
Además, en la proposición no de ley se recuerda que al ratificar la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, España tiene el compromiso de promover, proteger y asegurar la igualdad de las personas con discapacidad.
Por todo esto y con el fin de que España se adapte a lo establecido en la citada convención, el Grupo Parlamentario Popular presenta una proposición no de ley en la que reclama al Gobierno que revise el artículo 182 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Notariado, promoviendo la igualdad de las personas con discapacidad en el ejercicio de este derecho o deber.
Por último, los populares han solicitado al Ejecutivo que consulte con las organizaciones de personas con discapacidad la adaptación del mencionado artículo, para ajustarse a las necesidades específicas de estos colectivos.
(SERVIMEDIA)
09 Ene 2010
IGA/pai