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La Audiencia Nacional rechaza extraditar a "Billy el Niño" y desvincula las torturas del delito de lesa humanidad

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Nacional ha decidido rechazar la extradición a Argentina del exinspector de policía Antonio González Pacheco, más conocido como “Billy el Niño”, por entender que los 14 delitos de torturas que le atribuía la jueza María Servini están prescritos según la legislación española.

Además, el auto en el que se rechaza la extradición descarta que estos supuestos delitos puedan ser considerados crímenes de lesa humanidad, porque no está acreditado que formaran parte de “un ataque organizado y sistemático a un grupo de población”.

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal detalla que la reclamación se circunscribe a estos 14 delitos de torturas cometidos entre febrero de 1971 y septiembre de 1975, que estarían prescritos a los diez años según la legislación española.

Además, las denuncias ante la justicia argentina datan de los años 2010 y 2012, por lo que el periodo de prescripción estaría “sobradamente cumplido”.

La Sala rechaza que los hechos contituyan delitos de lesa humanidad, “por más que los hechos descritos constituyan delitos de tortura a detenidos por un grupo determinado, aislado y concreto de funcionarios policiales, al no constar que las mismas fueran parte de un ataque sistemático y organizado a un grupo de población”.

En ese sentido, el tribunal no aprecia que las torturas por las que se reclama a González Pacheco tengan relación con los asesinatos y despariciones forzadas “a que se circunscribe el procedimiento argentino que se perpetraron tras el 17 de julio de 1936”.

(SERVIMEDIA)
30 Abr 2014
SGR/caa