Madrid. Los edificios sin ascensor podrán instalarlo adosado a la fachada

MADRID
SERVIMEDIA

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid aprobó hoy el proyecto inicial de la Ordenanza de Instalación de Ascensores en Fachada de Edificios Construidos de Uso Residencial, por la que los edificios antiguos que carezcan de elevador y no puedan instalarlo de otra manera podrán hacerlo adosado a la fachada un ocupando espacio público.

Así lo explicó el portavoz municipal, José Enrique Núñez, en la rueda de prensa posterior a la Junta, donde vaticinó que la ordenanza supondrá "un cambio radical" en la movilidad y por tanto la "calidad de vida" de miles de personas mayores o con discapacidad que viven en bloques construidos en los años 50 o 60, sin ascensor o con uno que no reúne las debidas condiciones de accesibilidad.

La ordenanza establece como requisitos para la instalación de estos ascensores adosados a la fachada que no exista otra posibilidad técnica de garantizar la accesibilidad del edificio y que las circunstancias del entorno lo permitan, esto es, que no afecten a las infraestructuras y servicios urbanos ni al tránsito normal por la vía pública.

Una vez aprobado el proyecto inicial, se abre el trámite de alegaciones por un plazo de al menos 30 días naturales y luego volverá a la Junta de Gobierno para finalmente ser aprobado en el Pleno Municipal.

(SERVIMEDIA)
24 Abr 2014
KRT/gja