El Congreso rechaza las enmiendas de totalidad a la Ley de Solvencia de Entidades de Crédito

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Congreso de los Diputados rechazó este jueves las enmiendas de totalidad al proyecto de Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades de Crédito.

En concreto, han sido rechazadas por 205 diputados, mientras que 16 han votado a favor y se han registrado 96 abstenciones.

Entre las enmiendas de totalidad presentadas se encontraba la de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), que pedía devolver el texto al Gobierno porque considera que “se preocupa mucho de proteger a la banca y poco a la ciudadanía”.

Por su parte, La Izquierda Plural consideraba que la norma es insuficiente, ya que si pretende ser la “constitución” del sector financiero debiera contener otras medidas. Así, ven “preciso recuperar la banca pública porque con la crisis hemos comprobado el coste de renunciar a ella a la hora de normalizar el funcionamiento del sistema financiero y del mercado del crédito”.

Durante la defensa del texto, el ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, afirmó que el objetivo es que las entidades sean "más solventes y estén preparadas para un escenario de turbulencias", apuntó.

Según el ministro, esta reforma era "fundamental" y "confirma que el camino del Gobierno era el correcto, porque hemos saneado, reestructurado y recapitalizado el sistema".

"Hoy tenemos un sistema más transparente y solvente que está ayudando a la recuperación y está rompiendo el círculo vicioso entre deuda soberana y riesgo bancario", aseveró el titular de Economía.

Por ello, De Guindos dijo que la economía se ha ganado de nuevo la confianza de los inversores extranjeros y prueba de ello es que "el Tesoro se está financiando a tipos históricamente bajos". "El espíritu reformista deberá continuar y que se traslade a la economía real", puntualizó.

PROPUESTA DEL GOBIERNO

El texto propuesto por el Ejecutivo se organiza en tres bloques: régimen jurídico de las entidades de crédito, supervisión prudencial y solvencia y modificación de la Ley de Mercados de Valores.

En el primer bloque se contempla la pérdida de la condición de entidad de crédito por parte de los establecimientos financieros de crédito, dado que no pueden captar depósitos u otros fondos reembolsables.

En materia de gobierno corporativo y remuneraciones, se imponen límites al número de consejos en los que puede participar un consejero (dos más si se ejercen funciones ejecutivas y hasta cuatro si no se ejercen funciones ejecutivas) y se prohíbe el ejercicio simultáneo de los cargos de presidente del consejo de administración y consejero delegado.

Además, se limita la remuneración variable al 100% de la remuneración fija salvo que la junta de accionistas autorice hasta el límite máximo del 200%. Por su parte, la remuneración variable total deberá estar sometida a cláusulas de reducción o incluso de recuperación de remuneraciones ya satisfechas.

COLCHONES

En lo relativo a la supervisión, las principales novedades son la obligación expresa del Banco de España de presentar al menos una vez al año un Programa Supervisor que recoja el contenido y la forma que tomará la actividad supervisora y las actuaciones a emprender en virtud de los resultados obtenidos. Este programa incluirá la elaboración de un test de estrés al menos una vez al año.

También se fija la obligación de las entidades de crédito de publicar anualmente el denominado Informe Bancario Anual, donde se recojan datos como el número de empleados, los impuestos a pagar o las subvenciones públicas recibidas, entre otros.

En cuanto a los colchones, el de conservación de capital para pérdidas inesperadas se aplicará desde el 1 de enero de 2016 y será del 2,5% en 2019. Mientras, el colchón de capital anticíclico que pretende evitar el efecto procíclico de la regulación prudencial se aplicará desde el 1 de enero de 2016 y su nivel será de hasta el 2,5%.

Por su parte, el colchón de capital para entidades de importancia sistémica mundial y otras entidades de importancia sistémica se aplicará a partir del 1 de enero de 2016 y será de entre el 1% y el 3,5%, en función del carácter más o menos sistémico de la entidad a la que se aplique.

Por último, el colchón contra riesgos sistémicos podrá alcanzar niveles del 5% y el supervisor decide discrecionalmente cuándo y en qué medida exigirlo, con el fin de reducir los riesgos derivados del efecto de la evolución de la economía en el sistema financiero.

(SERVIMEDIA)
13 Mar 2014
BPP/GFM/gfm