Céntimo sanitario. Las gasolineras advierten de la “dificultad documental” para reclamar la devolución

MADRID
SERVIMEDIA

La Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (Ceees) ha advertido de la “dificultad documental” para reclamar la devolución del impuesto conocido como ‘céntimo sanitario’, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminara su ilegalidad el pasado jueves.

Así lo ha señalado en declaraciones a Servimedia el presidente de la Ceees, Javier Bru, quien avisó de la “dificultad” para acreditar de forma documental el consumo de carburantes bajo el impuesto del ‘céntimo sanitario’, aplicado en 13 comunidades autónomas y con el que el Gobierno recaudó 13.000 millones de euros.

En este sentido, Bru descartó la posibilidad de poder optar a la devolución utilizando como comprobante las compras realizadas con las tarjetas de fidelización de las estaciones de servicio, ya que “no indica qué tipo de producto has consumido”, y puede incluir otros artículos adquiridos en la tienda, por ejemplo.

Bru explicó que el documento necesario para reclamar la devolución del ‘céntimo sanitario’ tiene que ser la factura, o en su defecto el ticket de compra del carburante consumido, algo “complicado” para los particulares puesto que en su mayoría no guardan estos recibos “ni de casualidad”.

De esta forma, Bru calificó la situación de “indignante”, puesto que el Estado “se va a embuchar una cantidad de dinero tremendo a sabiendas de que estaba mal cobrado”, mientras que si hubiera sido al revés, a los ciudadanos y las empresas “les hubiera recaído todo el peso de la justicia por enriquecimiento injusto”.

FACTURAS

Los consumidores que quieran optar a la devolución deberán aportar a la Agencia Tributaria las facturas de los distintos repostajes, con el desglose de los litros consumidos y el detalle del impuesto devengado.

No obstante, se contemplan dos excepciones, la primera de ellas referente a aquellos profesionales que solicitaron por la vía judicial su devolución en diciembre de 2013, aconsejados por las agrupaciones de transportistas.

En este supuesto aquellos demandantes podrían reclamar a las correspondientes administraciones hasta 4.470 millones de euros, monto proveniente de la recaudación del impuesto desde el cuarto trimestre de 2009, fecha resultante de calcular los cuatro años anteriores a la generalización de las solicitudes de devolución.

En el segundo supuesto se encontrarían aquellos profesionales que desde el inicio exigieron la devolución del ‘céntimo sanitario’ durante el periodo en el que estuvo vigente, que podrán recuperar el dinero solicitado a devolver siempre y cuando los procesos estén vigentes en los tribunales.

(SERVIMEDIA)
02 Mar 2014
SMV/gja/gfm