Ampliación

El Supremo eleva de dos a diez años la inhabilitación del juez Ferrín Calamita

- El tribunal considera que prevaricó al retrasar una adopción por parte de una lesbiana

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido inhabilitar por un periodo de 10 años al juez Fernando Ferrín Calamita, al considerar que prevaricó al retrasar a una lesbiana la adopción de la hija biológica de su esposa.

Los magistrados del Alto Tribunal han adoptado esta decisión al revisar la sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJM) que en diciembre de 2008 condenó a Ferrín Calamita a dos años y tres meses de inhabilitación. Tanto la Fiscalía como el propio juez sancionado recurrieron la sentencia.

El Tribunal Supremo, en contra de lo sostenido por el Alto Tribunal de Murcia, considera que el juez cometió un delito de prevaricación y no un simple delito de retraso malicioso. Además, Ferrín Calamita deberá indemnizar con 6.000 euros a la mujer a la que retrasó la adopción de la hija de su pareja y deberá pagar una multa de 720 euros.

Los magistrados del Tribunal Supremo consideran que Ferrín Calamita adoptó de forma voluntaria “una pluralidad de acuerdos intencionada e injustamente retardatorios”, lo que configura un delito de prevaricación, según consta en la sentencia hecha pública este miércoles.

Ferrín Calamita, a pesar de contar desde el principio con el visto bueno del gabinete psicológico de los juzgados y de la Fiscalía., retrasó durante más de dos años la adopción solicitada por la esposa de la madre biológica de la menor, que fue requerida en mayo de 2006.

ORIENTACIÓN SEXUAL

El propio magistrado reconoció durante la vista oral celebrada por el Alto Tribunal de Murcia que en torno a septiembre de 2006 ya tenía en su ordenador un borrador de auto en el que denegaba la adopción.

El juez inhabilitado utilizó varias tretas legales para retrasar la adopción, como asegurar que la letrada de la solicitante de adopción no estaba registrada en el colegio de abogado, intentar nombrar a un defensor judicial para la menor e, incluso, preguntar al fiscal la procedencia de plantear una cuestión de inconstitucionalidad contra la ley de matrimonios homosexuales.

El magistrado no se quedó ahí y en junio de 2007 solicitó al equipo de psicólogos de los juzgados que resolvieran una serie cuestiones que él mismo había planteado, entre las que se encontraban preguntas sobre la influencia que podía tener en el desarrollo de la menor “la falta de la figura paterna y la tenencia, por el contrario, de dos figuras maternas”.

“¿No es alta la probabilidad, por ejemplo, de que sea homosexual, imitando el patrón que ha vivido en casa en sus años fundamentales para la formación de su personalidad?”, llegó a preguntar Ferrín Calamita.

El Servicio de Protección de Menor de Murcia contestó al juez señalando que se había producido "un amotinamiento" entre el personal del equipo psicológico “por tratarse de dar respuesta a cuestiones ideológicas a las que no están dispuestos”.

Los magistrados del Tribunal Supremo señalan en su sentencia que todas estas actuaciones demuestran que Ferrín Calamita desplegó “una activa obstrucción beligerante para impedir la efectiva aplicación de la voluntad legislativa” para “cuestionar la idoneidad para la adopción por razón de la orientación sexual”.

(SERVIMEDIA)
23 Dic 2009
DCD/caa