El Supremo rechaza devolver el archivo de Vicente Aleixandre a los herederos del poeta
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La Sala de lo Civil de Tribunal Supremo ha rechazado que el denominado ‘Archivo Aleixandre’, que contiene desde el año 1984 una serie de bienes y manuscritos de Vicente Aleixandre, sea devuelto a los herederos del poeta sevillano.
El Supremo ha tomado esta decisión al desestimar el recurso interpuesto por la sobrina del poeta Aleixandre y confirmar las sentencias de instancia. Tras el fallecimiento del poeta en 1984, una serie de bienes y manuscritos de su propiedad fueron cedidos a Carlos Bousoño Prieto y Ruth Crespo Ríos, quienes desde esa fecha han venido gestionándolos en concepto de dueños y de forma pública. En octubre de 2007 aparecieron en la prensa noticias sobre la venta que estos iban a realizar del “archivo Aleixandre” a la Junta de Andalucía y a la Diputación Provincial de Málaga, lo que motivó que la sobrina del poeta, Amaya Aleixandre de Artiñano, decidiera interponer una demanda en ejercicio de una acción reivindicatoria, interesando además una indemnización.
La Sala de lo Civil del Supremo, en la sentencia hecha pública hoy y de la que ha sido ponente el magistrado Ignacio Sancho Gargallo, señala que los bienes del archivo forman una unidad (en cuanto archivo personal del poeta) y que, aunque no constan donados en vida a los demandados, sí consta probado que fueron cedidos “no solo como una gratificación sino porque eran las personas más allegadas” al poeta y “más cualificadas para hacerse cargo de su archivo personal”. La resolución también puntualiza que es un hecho probado que la posesión iniciada en 1984 continuó de forma ininterrumpida y que no se destruyó por la demandante la presunción de buena fe, al existir tan solo en autos meras alegaciones carentes de sustento sobre que el poeta y su hermana fueron privados ilegalmente de dichos bienes.
(SERVIMEDIA)
31 Ene 2014
DCD/gja