Aprobada la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibéricos

- Exige el precintado inviolable de distinto color para cada denominación de venta de los jamones y paletas

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este viernes la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibéricos con el objetivo de impedir la confusión del consumidor en cuanto a denominaciones y de clarificar el etiquetado de los productos.

Según el Ejecutivo, con esta norma se evita la pérdida del nivel de pureza ibérica de la cabaña, se equilibran las cargas ganaderas con la capacidad de las dehesas y se refuerzan los controles de certificación y el cumplimiento de los criterios sobre edad y peso de sacrificio.

En relación con las razas autorizadas, refuerza el papel del libro genealógico, cuyos certificados pasan a ser la única forma de acreditar la pureza racial.

En cuanto a la crianza de los cerdos en montanera, la norma adapta la carga ganadera a la capacidad productiva de la dehesa, estableciéndose un número de cerdos por hectárea de dehesa en función de la superficie arbolada cubierta (entre 0,25 y 1,25, cerdos/ha).

La norma también regula las instalaciones a las que se exige una mayor superficie mínima para la crianza de los animales en cebaderos (2 metros cuadrados mínimo para animales de más de 110 kilogramos de peso).

Para la comercialización de los productos exige en el etiquetado la denominación de venta y la indicación del tanto por ciento racial.

Con este objetivo se simplifican las denominaciones de venta. Se pasa de las cuatro opciones anteriores (de bellota o montanera, de recebo, de cebo de campo y de cebo) a tres: “de bellota”, “de cebo de campo” y “de cebo”. Se elimina la designación recebo.

En el etiquetado se establece la obligatoriedad de indicar el tanto por ciento de raza ibérica, cuando se trate de animales 100% ibérico, y en lugar destacado de la misma en los demás casos.

También se limita la utilización en publicidad y etiquetado de términos que puedan inducir a error al consumidor.

SOLO ‘PATAS NEGRAS’ 100% IBÉRICOS

Así, se reserva exclusivamente para la designación “de bellota” los nombres, logotipos, imágenes, símbolos o menciones facultativas que evoquen o hagan alusión a algún aspecto relacionado o referido con la bellota o la dehesa. En particular ‘pata negra’ sólo se podrá utilizar en productos de bellota 100% ibéricos.

También se refuerzan los sistemas de control, estableciendo más rigor y control en los pesos de las canales y las piezas y en el tiempo mínimo de elaboración, mejorando la fiabilidad en la asignación de las menciones que realmente corresponden a los productos.

La mejora de la asignación de menciones se conseguirá, entre otras acciones, mediante la incorporación de un precinto de distinto color por cada designación, que se colocará en cada jamón y paleta, en el matadero.

Será negro para los bellota 100% ibéricos, rojo para los bellota ibéricos, verde para los de cebo de campo ibéricos, y blanco para los de cebo ibéricos.

Por último, se exige un peso mínimo de las piezas elaboradas a la salida de la industria para evitar la comercialización de productos pequeños que no alcancen los estándares mínimos de calidad esperados por los consumidores.

(SERVIMEDIA)
10 Ene 2014
JBM/caa