El Gobierno aprueba la ley que desliga las subidas de precios públicos del IPC
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Ministros aprobó este viernes el proyecto de Ley de Desindexación de la Economía Española, con lo que se dejarán de ligar las subidas de precios públicos al IPC.
Así lo explicó en rueda de prensa la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, que apuntó que la norma cuenta con todos los informes preceptivos y que se remite ahora a las Cortes para su tramitación parlamentaria.
Sáenz de Santamaría indicó que “será según las subidas de los costes de ese determinado servicio” lo que marcan la evolución de su precio, con lo que se evitarán los efectos de segunda ronda.
La números dos del Ejecutivo quiso dejar claro que quedan fuera de esta norma aspecto como la negociación salarial colectiva (tanto en el sector privado como para el personal laboral del sector público), las pensiones y los contratos relativos a instrumentos financieros.
El proyecto de Ley prevé la creación de un marco, obligatorio para la Administración e indicativo para el sector privado, que propicie la estabilidad de precios.
La regla general para el sector público será que no podrán realizarse indexaciones. Los aumentos de precios deberán estar justificados exclusivamente por la evolución de los costes del servicio, según informó el Ministerio de Economía y Competitividad, para agregar que “con ello se rompe la inercia de subidas de precios automáticas”.
En el ámbito privado, las actualizaciones quedarán sometidas a la libre voluntad de las partes y si no hay pacto explícito no se realizará la actualización.
Si el pacto entre las partes no especifica el índice de referencia, se utilizará el índice de actualización propuesto en esta Ley, el Índice de Garantía de Competitividad (IGC).
La variación del IGC será igual a la inflación en la zona euro menos un factor corrector que permitirá recuperar la competitividad perdida. Tendrá un techo del 2% (objetivo de inflación del Banco Central Europeo a medio plazo) y un suelo del 0%.
Desde Economía defendieron que la norma “contribuirá a mantener el poder adquisitivo de los ciudadanos”. Los servicios públicos básicos cubiertos por la norma representan aproximadamente el 7% del presupuesto familiar de los españoles (unos 36.000 millones de euros al año).
“Una evolución moderada de los precios de estos servicios refuerza el poder adquisitivo de las familias españolas, máxime si sus rentas han sido de alguna manera desvinculadas de la evolución del IPC”, subrayó el Ministerio.
RÉGIMEN TRANSITORIO
Por otra parte, el Gobierno ya ha previsto, mediante enmienda introducida en la Ley de Presupuestos, un régimen transitorio hasta que la Ley esté aprobada por las Cortes.
Así, para contratos y encomiendas del sector público, se prohíbe la revisión de precios en función de un índice general. Las revisiones se realizarán sobre índices específicos que reflejen la evolución de los costes.
Además, el Proyecto ha eliminado la retroactividad prevista inicialmente para determinados contratos.
(SERVIMEDIA)
20 Dic 2013
BPP/caa