El Supremo acaba con la ‘Parot’ y avala las excarcelaciones de etarras
- Pide a los políticos que regulen “con claridad y precisión” la forma de aplicar las sentencias del TEDH
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha finiquitado hoy por 12 votos a favor y 4 en contra la aplicación de la ‘doctrina Parot’ al asumir la sentencia dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y ha avalado de esta forma las excarcelaciones de etarras decretadas por la Audiencia Nacional.
“Las redenciones ordinarias y extraordinarias que procedan se harán efectivas sobre el límite máximo de cumplimiento establecido en el Código de 1973, en la forma en la que se venía haciendo con anterioridad”, señala el acuerdo alcanzado hoy por los 16 magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo tras tres horas de reunión.
El Alto Tribunal, de esta forma, establece que los beneficios penitenciarios a los presos condenados por hechos cometidos antes de 1995 se deben aplicar sobre el límite de permanencia en prisión -30 años- y no sobre el total de la condena. Esto supone en la práctica la puesta en libertad de cerca de 55 etarras -11 ya han sido excarcelados- así como a una docena de miembros de los Grapo y a otros tantos violadores en serie, a los que se había mantenido en prisión en aplicación de la doctrina establecida por el propio Tribunal Supremo en febrero de 2006.
La única salvedad que ha aceptado el Supremo es que se pueda aplicar la ‘Parot’ a aquellas personas que hayan sido condenadas después de febrero de 2006 por hechos anteriores a 1995, una situación difícil de combinar.
El Alto Tribunal tampoco ha aceptado la propuesta de la Fiscalía, según el cual hay que fraccionar las condenas de los presos y aplicarles la ‘Parot’ a partir de febrero de 2006.
AUDIENCIA NACIONAL
El acuerdo del Supremo también deja en manos de los tribunales sentenciadores –en el caso de terroristas, la Audiencia Nacional- las decisiones sobre las puestas en libertad.
“Las resoluciones realtivas a las acumulaciones y liquidaciones de condena que resulten procedentes con arreglo al punto anterior, se acordarán en cada caso por el tribunal sentenciador”, indica el acuerdo de la Sala de lo Penal del Supremo.
El Alto Tribunal ha avalado de esta forma las excarcelaciones de 11 etarras decretadas hasta el momento por la Audiencia Nacional.
La Audiencia Nacional rechazó el pasado viernes esperar a la decisión del Supremo y decidió por un solo voto dejar en libertad a otros nueve etarras a los que se había aplicado la ‘Parot’. Este tribunal ya había dejado en libertad con anterioridad a los etarras Juan Manuel López Piriz e Inés del Río.
El Supremo señala que en estos procesos se debe escuchar “a las partes” antes de tomar una decisión.
El Alto Tribunal solo se ocupara de excarcelaciones si los presos a los que se ha aplicado la ‘Parot’ deciden recurrir en casación las decisiones que adopten los tribunales sentenciadores.
ADVERTENCIA A LOS POLÍTICOS
El acuerdo adoptado hoy por la Sala de lo Penal del Supremo acaba con una advertencia a los políticos, a los que pide que estipulen de forma clara la forma de aplicar en España las sentencias del TEDH.
“El Tribunal considera necesario que el Poder Legislativo regula con la necesaria claridad y precisión el cauce procesal adecuardo en realcion con la efectividad de las resoluciones del TEDH”, indica el texto del Supremo.
(SERVIMEDIA)
12 Nov 2013
DCD