Andalucía. La Fiscalía pide a la juez Alaya que reescriba el auto contra Griñán y Chaves para aclarar los hechos que les imputa

MADRID
SERVIMEDIA

La Fiscalía Anticorrupción presentó este viernes un recurso al auto de la juez Mercedes Alaya en el que planteaba la imputación de los expresidentes socialistas José Antonio Griñán y Manuel Chaves para que lo reescriba de nuevo con una "concreción de los hechos" que imputa a ambos.

El escrito, al que tuvo acceso Servimedia, reconoce que la juez Alaya tiene parte de razón cuando se ampara en el artículo 118 bis de la Ley de Enjuciamiento Criminal para hablar de la posible imputación de los aforados Manuel Chaves González, José A. Viera Chacón, José Antonio Griñán Martínez, Carmen Martínez Aguayo, Manuel Recio Menéndez, Francisco Vallejo Serrano y Antonio Ávila Cano.

Sin embargo, alega tres casos previos en los que el Tribunal Supremo indicó que correspondía llevar a cabo "cuantas diligencias sean precisas para completar la investigación de los hechos, al efecto no solo de acreditar los mismos sino también el grado de participación que en ellos hubiera podido tener la persona aforada".

Pero la Fiscalía Anticorrupción echa por tierra el auto de la juez Alaya sobre el escándalo de los ERE en el que inculpa a Chaves y Griñán, junto a otros cinco aforados, al considerar que "al órgano instructor le está vedada imputar o siquiera investigar de manera directa a una persona aforada, pues el conocimiento de estas causas corresponde a la Sala de Lo Penal del Tribunal Supremo".

Además, alega que "no existe en esta causa una denuncia o querella o un atestado policial que contenga siquiera un concreto relato de hechos e indicios de responsabilidad penal de uno o más de los aforados indicados en el auto".

La Fiscalía Anticorrupción recuerda que ni en denuncia del letrado de la Junta de Andalucía, ni en la querella del Sindicato Manos Limpias, ni en la querella del dirigente del PP andaluz Antonio Sanz, ni en la querella del sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía, ni en la querella del sindicato CSI-F, ni en la querella del sindicato UGT "se dirige la acción penal o se denuncian hechos penalmente relevantes atribuibles a ninguna de las siete personas aforadas" contra las que ahora quiera actuar la juez Alaya.

"Dicho auto no recoge individualizadamente cuáles son los hechos que son objeto de investigación en los que de una forma indiciaria, pero débil o fragmentaria o sin la robustez y solidez que exige la exposición razonada, justifican el ofrecimiento del artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y que se ponen de manifiesto como resultado del conjunto de diligencias de instrucción que se vienen practicando", aduce el recurso.

La Fiscalía censura especialmente que el auto no cumple la función de proteger a los aforados, sino que al contrario "genera la misma indefensión que pretende evitar, porque no contiene el relato de los hechos que son objeto de investigación con respecto de cada aforado, y por tanto éstas no pueden ejercer adecuadamente sus derechos de defensa".

Por todo ello, concluye que "carece de suficiente descripción de los hechos investigados que afectan a cada uno de los siete aforados, imputados provisionales, adolece de la motivación necesaria, no es ajustado a derecho y debe dejarse sin efecto".

(SERVIMEDIA)
13 Sep 2013
PAI