Primera condena por terrorismo a cuatro miembros de Resistencia Galega
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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre 18 y 10 años de prisión a los miembros de Resistencia Galega Eduardo Vigo Domínguez, Roberto Rodríguez Fiallega, Antón Santos Pérez y Maria Osorio López, en la que es la primera sentencia que atribuye un delito de pertenencia a organización terrorista a miembros del grupo gallego.
El tribunal concluye en la sentencia dictada hoy que en los cuatro miembros de Resistencia Galega pertenecen a “una organización que tiene por finalidad subvertir el orden constitucional de España” que lleva operando desde el año 2005 y que se puede considerar como terrorista.
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal les ha condenado además como autores de delitos de tenencia de explosivos y falsificación en documento oficial con fines terroristas, según se recoge en la sentencia hecha pública hoy.
Eduardo Vigo fue detenido el 30 de noviembre de 2011 en un peaje de la localidad de Teo (Santiago de Compostela) donde se le incauto tres artefactos explosivos que se encontraban preparados y temporizados para su uso segñún determinó el informe pericial.
El tribunal considera probado que estos artefactos habían sido entregados previamente por Roberto Rodríguez. En concreto, Vigo portaba tres termos metálicos de 25 centímetros que fueron encontrados en el maletero de su coche. En el registro posterior al domicilio de Rodríguez se encontró una olla a presión con explosivos.
EL MISMO EXPLOSIVO
Las posteriores pruebas periciales determinaron que la mezcla explosiva usada en los termos y en la olla coincidían. El material empleado, además, se corresponde con las mezcla usada en actos terrorista atribuidos a Resistencia Galega. Al respecto, la sentencia concluye que podría interpretarse que los artefactos “han sido realizados por la misma persona o personas”.
Los magistrados de la Sección Tercera, presididos por Alfonso Guevara, han considerado que “las declaraciones exculpatorias realizadas por los acusados en el juicio oral” carecen de “nula credibilidad”.
Vigo y Rodríguez han sido condenados en base a estos hechos a penas de 18 años de prisión por los delitos de pertenencia a organización terroristas, falsificación en documento oficial con fines terroristas y tenencia de explosivos con fines terroristas.
La Audiencia Nacional ha condenado a Santos y Osorio a diez años de prisión por los mismos delitos a excepción de la tenencia de explosivos. En el registro de su vivienda se encontraron posibles objetivos a los que atentar y una garrafa de ocho litros de gasolina.
(SERVIMEDIA)
12 Sep 2013
BCR/dcd