Estrasburgo condena a España a indemnizar con 30.000 euros a una indigente por separarle de su hija
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo (Francia), ha condenado a España a indemnizar con 30.000 euros a una mujer indigente por haberle retirado la custodia de su hija y haber entregado a la menor a una familia de acogida.
El tribunal también insta a las autoridades españolas “a poner fin” a la vulneración de los derechos fundamentales sufrida por la mujer y a “restablecer la situación anterior”.
Los hechos se remontan a agosto de 2005, cuando la recurrente acudió junto a su hija, que en aquel momento tenía tres años, a la sede de los servicios sociales de Motril (Granada) para pedir ayuda por falta recursos.
Dos días después de esta visita, las autoridades, a petición de los servicios sociales, declararon a la menor en situación de abandono debido a la falta de recursos de la mujer y a su supuesta “actitud violenta”.
La hija fue finalmente entregada por los servicios sociales a un centro de acogida. Posteriormente, se suspendió el régimen de visitas y la niña fue transferida a un segundo centro de acogida cuya ubicación no le fue revelada a la madre. La menor, finalmente, fue entregada a una familia de acogida y en 2011 se iniciaron los trámites para darla en adopción. Todos los recursos de la madre fueron desestimados.
Los siete magistrados de la Sección Tercera del TEDH, presididos por el andorrano Josep Casadevall, han concluido que España vulneró el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que proclama el derecho a la vida privada y familiar, al separar a la recurrente de su hija “de forma injusta” y al haberle privado de todo contacto con ella.
La sentencia hecha pública hoy subraya que la convivencia entre un padre y su hijo “es un elemento fundamental de la vida familiar”.
(SERVIMEDIA)
18 Jun 2013
DCD/gja