El TS rebaja la condena a una mujer que asesinó a una compañera de trabajo para cobrar el seguro

- Al concluir que cometió un delito de homicidio y no de asesinato

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rebajado de 22 a 18 años de prisión la pena impuesta a una mujer condenada por asesinar a una compañera para cobrar el seguro de vida que suscribió usurpando la identidad de la víctima.

Según la sentencia hecha publica hoy por el Tribunal Supremo, la acusada María de los Ángeles Molina no adormeció con ningún tipo de producto a la fallecida, Ana María Páez, antes de proceder al asesinato de la misma. Por ello, el Alto Tribunal concluye que se trató de homicidio doloso, y no asesinato.

La acusada, valiéndose de su puesto como jefa de Recursos Humanos en la empresa donde también trabajaba la víctima, Ana María Páez, y de la amistad que les unía, utilizó sus nóminas, declaraciones de la renta, DNI y firma para hacerse pasar por ella. Molina abrió de esta forma varias cuentas en entidades bancarias a su nombre así como suscribió diez contratos de vida.

El monto de estos contratos, que alcanzaba los 840.000 euros, lo percibiría otra mujer en el caso de que Páez falleciera. De la misma manera usurpó la identidad de esta segunda, que ignoraba el plan delictivo de Molina, cuando olvidó su DNI en una copistería de Barcelona.

HUELLAS DE LA ACUSADA

El fin de María Ángeles Molina era acabar con la vida de su amiga Ana María para cobrar dicha cantidad. Para ello, alquiló un apartamento a nombre de la víctima donde quedó con ella. Después de cenar le colocó un plástico en la cabeza, lo cerró alrededor del cuello con cinta aislante y le provocó la muerte por asfixia. Con el objetivo de simular una muerte con connotaciones sexuales, la acusada desnudó a la víctima e impregnó sus zonas vaginal, bucal y genital con esperma perteneciente a dos hombres que se dedicaban a la prostitución y de los que contrató sus servicios para que eyacularan en dos recipientes de plástico.

Cuando la Policía registró la zona del crimen, sólo encontraron unas botas y una peluca negra, donde detectaron huellas de Molina.

La Audiencia Provincial de Barcelona condenó a María Ángeles a cuatro años de prisión por delito de falsificación documental mercantil y a 18 por asesinato. La condenada interpuso un recurso al Tribunal Supremo en que alegaba la vulneración del derecho a la presunción de inocencia, en relación al delito de asesinato.

El punto discrepante era el cómo murió la víctima. La sentencia de la audiencia califica los hechos de asesinato por considerar que Páez fue “privada de sentido” con cloroformo u otras sustancias.

El Supremo destaca ahora en su resolución que no se encontró rastro de estas sustancias en la sangre de la víctima. Los magistrados de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, presididos por Joaquín Giménez García, señalan que tampoco se recogieron muestras de debajo de las uñas de la víctima, que podrían acreditar una reacción defensiva por parte de la fallecida.

Por tanto, el Supremo concluye que no se trata de asesinato, sino de homicidio, por lo que le rebaja la pena a 18 años de prisión.

(SERVIMEDIA)
05 Jun 2013
DCD/ECG