El Gobierno aprueba la Ley de cajas de ahorros
- Para que éstas cumplan una “función minorista”
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El Consejo de Ministros aprobó este viernes el anteproyecto de Ley de cajas de ahorro y fundaciones bancarias, que supone un nuevo paso en el desarrollo de memorando de entendimiento (MOU) firmado con Europa para el rescate financiero.
En esta norma se regulan tanto las cajas de ahorros, como la transformación de éstas en fundaciones si desarrollan su actividad financiera a través de un banco.
Fundación bancaria será toda aquella que mantenga una participación en una entidad de crédito que alcance, de forma directa o indirecta, al menos un 10% del capital.
Respecto a las cajas de ahorros, la norma establece que serán entidades de crédito de carácter fundacional e interés social, y que se centrarán en banca minorista.
El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, explicó que esta ley es la “última pieza relevante” de la reforma del sistema financiero que ha impulsado el Gobierno, y que forma parte del Plan Nacional de Reformas.
De Guindos aseguró que la norma “tienen un amplio consenso” entre las instituciones del sector, y agregó que “se trata de volver al modelo tradicional de cajas, que se desvió en los últimos años”, es decir, a la “función minorista”.
De esta manera, defendió que se trata de un “cambio sustancial” con el que “creemos que se culmina la reforma financiera”, que supone contar con un sistema “mucho más solvente y con mucho mejor gobierno corporativo”.
TRANSFORMACIÓN
Las cajas de ahorros deberán en varios casos traspasar todo el patrimonio de su actividad financiera a otra entidad de crédito a cambio de acciones de esta última, y procederán a su transformación en una fundación bancaria, con pérdida de la autorización para actuar como entidad de crédito.
Los casos son que el valor del activo total consolidado de la entidad, según el último balance auditado, supere la cifra de 10.000 millones de euros, o que su cuota en el mercado de depósitos de la comunidad autónoma sea superior al 35% del total de dicha región.
Además, el ámbito de actuación de las cajas de ahorros no podrá exceder el de una comunidad autónoma o de diez provincias limítrofes.
Por otra parte, tendrá que existir una vinculación explícita de la actividad financiera de las cajas con los clientes minoristas y las pequeñas y medianas empresas. Las cajas no podrán dedicarse a otras actividades financieras complejas.
Según los plazos que se recogía en el primer texto presentado por el Gobierno y que fue sometido a consulta pública, las cajas dejarían la actividad bancaria antes de finales de 2014.
Sin embargo, el ministro de Economía explicó en la rueda de prensa que ya no hay fecha para que se produzca este proceso.
FONDE DE RESERVA
El Gobierno exigirá un plan de diversificación de inversiones y la dotación de un fondo de reserva a las fundaciones bancarias que posean una participación igual o superior al 50 % en una entidad de crédito.
En concreto, el objetivo del fondo de reserva es, según la norma, hacer frente a posibles necesidades de recursos propios de la entidad de crédito participada, que pudieran poner en peligro el cumplimiento de sus obligaciones en materia de solvencia.
Estas exigencias se unen a la de presentar anualmente al Banco de España un plan financiero en el que determinen la manera en que harían frente a las posibles necesidades de capital para todas las fundaciones con una participación igual o superior al 30%.
De Guindos defendió que los “incentivos” en esta materia son la “graduación de las obligaciones”. Las fundaciones que tengan menos participación tendrán menos obligaciones, es alfo de “lógica”, agregó.
RESPETO COMPETENCIAS
Desde el Gobierno destacaron que la regulación relativa a las cajas de ahorros y fundaciones bancarias ha de respetar la competencia de las comunidades autónomas, correspondiendo al Estado dictar la legislación básica.
En este sentido, no se altera al respecto el régimen de distribución de competencias establecido.
En el caso de las fundaciones bancarias, así como en el de las ordinarias, la dependencia estatal o autonómica dependerá de si su actividad principal se desarrolla en una sola comunidad (en cuyo caso el protectorado se ejercerá por ésta), o si se desarrolla en más de una región.
En este caso, el protectorado se ejercerá por el Estado, a través del Ministerio de Economía y Competitividad.
EVITAR CONTROL POLÍTICO
De Guindos señaló que la norma establece un sistema electoral por virtud del cual se pretenden evitar el control político de las cajas y atribuir dicho control a los principales interesados, es decir, los impositores o depositantes.
La asamblea general incluirá la representación de los depositantes, la voluntad fundacional de la caja y los destinatarios de la obra social. El número de consejeros generales estará comprendido entre 30 y 150. El mandato será de entre 4 y 6 años.
Se atribuye una representatividad a los impositores de entre el 50% y el 60% de los consejeros generales, y las Administraciones Públicas en ningún caso podrán designar más del 25% de los consejeros generales.
(SERVIMEDIA)
03 Mayo 2013
BPP