Condenan a Eufemiano Fuentes a un año de cárcel por el dopaje sistemático de deportistas

- La sentencia rechaza entregar las muestras de sangre incautadas a organizaciones ciclistas

MADRID
SERVIMEDIA

La titular del Juzgado de lo Penal número 21 de Madrid, la magistrada Julia Patricia Santamaría, ha condenado al médico deportivo Eufemiano Fuentes a un año de cárcel como autor de un delito contra la salud pública, por instaurar un sistema de dopaje sistemático de deportistas, especialmente de ciclistas.

La sentencia dictada en el marco de la ‘Operación Puerto’ condena además a Fuentes a cuatro años de inhabilitación para el ejercicio de la medicina deportiva y al pago de una multa de 4.500 euros. La magistrada ha condenado asimismo a cuatro meses de prisión a José Ignacio Labarta Barrera, el que fuera segundo Director Deportivo y entrenador del equipo deportivo Comunidad Valenciana (KELME), por colaborar con Fuentes en estas prácticas.

El Juzgado ha decidió absolver a los acusados Yolanda Fuentes Rodríguez, Manuel Saiz Balbas y a Vicente Belda.

La magistrada ha acordado el “comiso y posterior destrucción de las bolsas de sangre, plasma y concentrados de hematíes y de su contenido aprehendidas en las entradas y registros realizados en los domicilios de Eufemiano Fuentes y José Luis Merino Batres” y rechaza entregar muestras de la Real Federación Española de Ciclismo (RFEC), a la Asociación Mundial Antidopaje (AMA), a la Unión Ciclista Internacional (UCI) y al Comitato Olimpico Nazionale Italiano (CONI).

SISTEMA DE DOPAJE

La sentencia considera probado que Eufemiano Fuentes “venía realizando, al menos desde el año 2.002, conductas consistentes en la práctica de extracciones de sangre (…) a determinados deportistas y, en concreto, a ciclistas para su posterior re-infusión, con la exclusiva finalidad de elevar artificialmente el rendimiento físico del ciclista”.

El médico varió sus sistema en el año 2004 y comenzó a someter a la sangre a “un proceso de glicerolización” con el que se aumentaba “las concentraciones de hematíes”. Posteriormente se congelaba la sangre y se conservaba hasta la re-infusión en el deportista “con la exclusiva finalidad de elevar el nivel de hematocrito del ciclista, con la consiguiente elevación de su rendimiento físico y capacidad de resistencia al esfuerzo”.

“Eufemiano Fuentes realizaba esta actividad planificando el sistema de extracciones y re-infusiones de los deportistas coordinándolo con su preparación física a la vista del calendario de competiciones de la temporada del ciclista en cuestión, a fin de conseguir la doble finalidad de óptimos resultados en la competición y al tiempo evitar ser detectado el ciclista en los controles antidopaje, ya que las auto-transfusiones se realizaban incluso en periodo de competición”, señala la sentencia hecha pública hoy.

Fuentes, además del sistema de extracciones y re-infusiones sanguíneas, también dispensaba a los ciclistas “determinadas especialidades farmacéuticas de las que se incluyen en la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte”, tales como eritropoietina (EPO), los factores del crecimiento (IGF-1), la testosterona, la insulina y la hormona femenina gonadotropina (hMG).

El médico, con el fin de coordinar la preparación física del ciclista con el calendario de extracciones y re-infusiones, “contaba con la colaboración de José Ignacio Labarta Barrera, Segundo Director Deportivo y entrenador del equipo deportivo Comunidad Valenciana (antes equipo deportivo KELME) en la época en que suceden los hechos, del 2002 a mayo del 2006”.

RIESGOS PARA LA SALUD

La resolución señala que el tratamiento, además de elevar “el nivel de hematocrito del ciclista, con la consiguiente mejora del trasporte del oxígeno en la sangre y el aumento de la resistencia al cansancio”, suponía “un importante peligro para la salud del ciclista”.

Este peligro se concretaba en “la elevación del hematocrito” y en “una mayor viscosidad de la sangre”, lo que supone “un superior esfuerzo para el corazón”.

El tratamiento, por lo tanto, conllevaba “riesgos para el sistema cardiovascular (trombosis, infartos), dermatológicos (diaforesis o sudoración profusa), hematológicos (deficiencia de hierro funcional), gastrointestinales (nauseas, vómitos), musculoesqueléticos (dolor óseo), daños renales, otros como hiperkalemia (aumento del potasio en sangre) e hiperfostatemia (aumento de los fosfatos) e incluso daños neurológicos a nivel cerebral (como mayor probabilidad de accidentes cerebrovasculares, convulsiones, ataque isquémico transitorio y otros como cefalea, debilidad o mareo) “.

La magistrada, en cambio, no considera probado que Fuentes contase con la colaboración Manuel Saiz Balbas, el que fuera director Deportivo del equipo Ciclista ONCE hasta el año 2003 y del equipo ciclista Liberty desde el año 2.004 hasta al menos el mes de mayo de 2006.

Tampoco ha quedado acreditada la participación en los hechos de Vicente Belda, director Deportivo del equipo Comunidad Valenciana (antes KELME) ni de Yolanda Fuentes, hermana de Eufemiano Fuentes y ex responsable médico del citado equipo ciclista.

(SERVIMEDIA)
30 Abr 2013
DCD