Debate Nación. El Congreso rechaza parar declaraciones tributarias como la de Bárcenas, sobre las que exista proceso penal
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El Congreso de los Diputados rechazó hoy por 162 votos en contra frente a 138 a favor, con 17 abstenciones, una propuesta de resolución de Compromís-Equo en el marco del Debate sobre el estado de la Nación en la que reclamaba la paralización de todas las declaraciones trinutarias especiales en las que exista un proceso penal o sancionador en marcha, como la del extesorero del PP Luis Bárcenas.
Se refiere a la llamada “amnistía fiscal” y argumenta que la exención penal incluida en su regulación “no puede aplicarse a aquellos casos en los que ya se ha iniciado un proceso penal que afecta a los bienes declarados”.
Entienden que esa exención fue una especie de “gancho para que los defraudadores se animen a hacer uso del proceso de amnistía fiscal”.
Sin embargo, creen que en ningún caso puede interpretarse en el sentido de que la administración “no cumpla con su trabajo de verificación de que el usuario de la amnistía fiscal presenta la documentación necesaria, y especialmente que ésta es real y coincidente con sus afirmaciones en el modelo de solicitud, esto es, que no se está produciendo un nuevo fraude a la administración tributaria por una persona que se sabe defraudador, y que precisamente por ello ha tenido que acudir a este mecanismo”.
“Es necesario cotejar los datos con el fin de conocer si aquél que se pretende amparar en la amnistía fiscal tiene en marcha un procedimiento penal, como sería el popular caso de Luis Bárcenas, o administrativo sancionador por parte de la Agencia Tributaria, y por tanto no puede serle de aplicación la declaración tributaria especial”.
Creen que las declaraciones del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, “han evidenciado que esta tarea no ha sido ejecutada por parte de la administración tributaria, y siendo este hecho de enorme gravedad, es necesario abordar una solución urgente con el fin de evitar que aquellos que se encuentran en procesos penales ya iniciados o bajo expedientes sancionadores o de revisión, no se beneficien del despropósito fiscal que ya de por sí significa la amnistía”.
(SERVIMEDIA)
26 Feb 2013
CLC/krt