El TS devuelve a una madre la custodia de su hijo a pesar de incumplir el régimen de visitas del padre

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha decidido devolver a una madre la custodia de su hijo, que le fue retirada por marcharse a Estados Unidos e incumplir así reiteradamente el régimen de visitas que correspondía al padre, al concluir que esta vulneración no puede suponer la modificación de la patria potestad si la medida no resulta beneficiosa para el interés del menor.

La madre, a la que se había atribuido inicialmente la guarda y custodia del menor, se mudó a Estados Unidos, por lo que dejó sin cumplir los compromisos asumidos en orden a facilitar las comunicaciones del hijo con el padre.

Estos incumplimientos llevaron al padre a solicitar para sí la guarda y custodia del menor, algo que le fue concedido tanto por el juzgado de primera instancia como por la Audiencia Provincial. Pero el Tribunal Supremo ha decidido ahora revocar estas resoluciones y mantener el régimen inicial.

Los magistrados de la Sala de lo Civil del Alto, reunidos en pleno, han concluido tras analizar la jurisprudencia que los acreditados incumplimientos de la madre no justifican un cambio de guarda y del régimen de visitas cuando las circunstancias del caso determinan que dicho cambio no resulta beneficioso para el menor.

“Con independencia del reproche que cabe realizar del comportamiento de la progenitora custodia, lo relevante para rechazar la pretensión del padre es que el menor estaba plenamente integrado en el país de residencia, y que el cambio supondría para él un trauma y un perjuicio mayor al tener que trasladar su residencia a un país muy distante, y verse obligado a convivir con una persona (su padre) a la que, por las circunstancias que fueren, prácticamente desconoce”, señala la sentencia hecha pública hoy.

(SERVIMEDIA)
15 Feb 2013
DCD