Violencia género. La presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género se opone a la despenalización de la vejación leve

- Que recoge el anteproyecto de modificación del Código Penal

MADRID
SERVIMEDIA

La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Inmaculada Montalbán, ha remitido una carta a los jueces de violencia de género en la que se manifiesta en contra de varias de las propuestas del anteproyecto de modificación del Código Penal en materia de violencia de género.

En la misiva, a la que ha tenido acceso Servimedia, Montalbán considera que la destipificación de la vejación injusta de caracter leve en el ámbito de la violencia de género, "provocaría la impunidad de tales acciones y la desprotección de las víctimas, ya que no podría dictarse orden de protección en estos casos".

"Como todos y todas sabéis, las vejaciones injustas suelen ser la primera manifestación del ciclo de la violencia de género en el ámbito de la pareja. En la actualidad, en torno al 40% de las sentencias de faltas condenatorias dictadas por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer son por vejaciones injustas. Si se elimina el reproche penal no sería posible, en muchos casos, romper la cadena del maltrato ante sus primeros síntomas", explica en la carta.

En relación a la proyectada reinstauración de la multa en los delitos de violencia de género, Montalbán tambien disiente y recomienda "eliminar del catálogo de medidas sustitutorias la de multa cuando se trata de un delito relacionado con la violencia de género".

También pide que no se excluya la mediación en delitos relacionados con la violencia de género, tal y como recoge el anteproyecto porque "cierra el paso a una eventual interpretación de la tácita derogación del art. 87 ter 5 de la LOPJ".

Respecto a la supresión de la agravante de cometer el delito de violencia habitual sobre la mujer en presencia de menores o en el domicilio, Montalbán sostiene que "el prelegislador no da ninguna explicación de la supresión de estas circunstancias agravantes en el delito de violencia habitual, manteniéndolas, sin embargo, para el maltrato puntual y las amenazas puntuales. Se considera necesario su mantenimiento en el delito más grave de violencia habitual".

Asimimo, Montalbán propone una mejora técnica en relación al ánimo de dominio "que está dando lugar a resoluciones dispares".

(SERVIMEDIA)
23 Ene 2013
MAN