Condenado a ocho años de cárcel por obligar a una prostituta a practicar sexo sin condón

- El Supremo considera al hombre autor de un delito de violación

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a ocho años de prisión impuesta a un hombre por obligar bajo amenazas físicas y verbales a una prostituta a practicar sexo sin preservativo. El condenado ha sido considerado autor de un delito de violación.

Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del 23 de abril de 2009, cuando el hombre acudió con su vehículo a la Casa de Campo de Madrid, donde concertó los servicios sexuales de la prostituta. Cuando la mujer subió al coche, el condenado arrancó y se dirigió al Monte del Pardo.

Ante las protestas de la meretriz, el hombre trató de tranquilizarla diciendo que era “buen chico” y que tenía un cuñado en la Policía. Tras detener el vehículo en el Monte del Pardo, ambos se desnudaron y el hombre se puso un preservativo.

Pero, al poco tiempo de iniciar la relación sexual, el condenado retiró el condón, ante lo cual la mujer le dijo que no lo haría sin el profiláctico. El hombre comenzó entonces a insultarla con expresiones como “zorra” o “guarra”, la cogió fuertemente del pelo y la inmovilizó brazos y piernas mientras le daba azotes en los glúteos. Acto seguido sacó un destornillador, la penetró y, tras unos minutos, le obligó a realizarle una felación.

El hombre acabó robando del monedero de la prostituta un total de 380 euros. La mujer denunció los hechos esa misma madrugada en el Centro de Atención a la Mujer Concepción Arenal, situado en la Casa de Campo.

Los magistrados de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, presididos por Joaquín Giménez, han desestimado ahora el recurso del hombre y han confirmado la sentencia dictada en enero de 2012 por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito de violación y faltas de lesiones y de hurto.

La sentencia del Supremo desestima los argumentos del condenado al concluir que ninguno de ellos “ha podido desvirtuar las pruebas de cargo, que han sido suficientes”. Entre otras alegaciones, el hombre aseguró que la meretriz le exigió 120 euros. “Un precio alto, no autoriza a violar”, señalan los magistrados del Alto Tribunal.

Además de la pena de prisión, se ha impuesto al condenado la prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio por un periodo de diez años tras abandonar la prisión. También deberá pagar 6.000 euros a la mujer por los daños morales causados.

(SERVIMEDIA)
01 Ene 2013
DCD/gja