La Fiscalía General del Estado ordena impulsar las investigaciones sobre niños robados

- El departamento de Torres-Dulce entiende que estos delitos no han prescrito

MADRID
SERVIMEDIA

La Fiscalía General del Estado ha ordenado a los miembros del Ministerio Público que impulsen el mayor número posible de investigaciones sobre niños robados, incluso los más remotos en el tiempo, en una circular en la que subraya “la necesidad de dar la máxima protección posible a las víctimas de estas prácticas que se produjeron en diferentes hospitales españoles fundamentalmente entre los años 1950 y 1990”.

El departamento dirigido por Eduardo Torres-Dulce ha emitido la citada circular con el objetivo de unificar los criterios jurídicos de las distintas Fiscalía frente a estos casos. La Fiscalía recuerda que para aclarar estos hechos, que a primera vista revisten trascendencia penal, los fiscales deberán abrir diligencias de investigación antes de promover la acción de la justicia.

La circular establece que se deberán abrir diligencias por cada hecho denunciado y desaconseja tramitar de forma conjunta una pluralidad de hechos, cuando no concurra ningún indicio que los permita considerar conexos.

Además, en el seno de las citadas diligencias, la Fiscalía General considera que los fiscales están autorizados para ordenar la exhumación de restos de recién nacidos fallecidos, y practicar las pruebas de ADN, sin necesidad de requerir la autorización judicial. Con el fin de permitir la investigación de conductas tan graves, la Fiscalía General entiende que los fiscales podrán calificar la sustracción de niños recién nacidos como un delito de detención ilegal.

PRESCRIPCIÓN DE LOS DELITOS

La Fiscalía General ordena asimismo a los fiscales agotar la investigación de las denuncias con el fin de tener un completo relato de hechos antes de fijar posición sobre la posible prescripción de los hechos.

En todo caso, el departamento de Torres-Dulce, a la espera de que los tribunales fijen una línea jurisprudencial consolidada al respecto, considera que el delito de detención ilegal es un delito permanente, por lo que el plazo de prescripción no empieza a correr mientras la víctima sea mantenida en la ignorancia de su origen y verdadera identidad, aun cuando ya sea mayor de edad. Entiende que este es el criterio que más favorece el interés de los denunciantes por conocer la verdad de los hechos y que permite a los fiscales realizar una completa investigación efectiva.

En todo caso, la circular asegura que las personas cuyas actuaciones hayan sido archivadas por prescripción tienen derecho a conocer sus orígenes y son deudoras de una reparación, mediante las correspondientes acciones civiles de reclamación de filiación y de compensación económica. En estos casos, los fiscales deberán cuidar que los denunciantes sean debidamente notificados y de que se les proporcione copia del historial clínico.

(SERVIMEDIA)
26 Dic 2012
DCD