El SUP es multado por la Agencia de Protección de Datos
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El Sindicato Unificado de Policía (SUP) ha sido multado por la Agencia de Protección de Datos por difundir datos personales de una abogada y su cliente que aparecían en una sentencia, en la que se juzgó a estas dos personas falta de respeto a la autoridad.
La Agencia de Protección de Datos, de acuerdo con una resolución dictada en los últimos días y recogida por Servimedia, considera que el SUP ha cometido una falta grave, por lo que condena a esta organización policial a pagar 2.000 euros.
El procedimiento se deriva de lo sucedido el 7 de julio 2010 en una comisaría de la Policía Nacional en Santa Cruz de Tenerife. Varios funcionarios denunciaron a una abogada y su cliente por una supuesta falta de consideración a la autoridad. La letrada fue condenada en primera instancia, aunque la Audiencia provincial revocó la sentencia.
A este respecto, la Agencia de Protección de Datos considera probado que el SUP “hizo pública en su página web -www.sup.es- la sentencia de fecha 10/03/2011 dictada por el juzgado de Instrucción número 3 de Santa Cruz de Tenerife, en la que constan los datos personales” de la abogada y su defendido.
“SIN CONSENTIMIENTO”
“Dicha información”, añade la resolución, “permaneció en la página web del sindicato durante, al menos, uno días del mes de mayo de 2011, hasta el 06/05/2011, que fue retirada en respuesta a la solicitud formulada por la denunciante”.
Se añade que el SUP “difundió la citada sentencia mediante correos electrónicos” enviados por su Comité Provincial de Tenerife “a los representantes de las plantillas policiales de la provincia, así como a la Comisión Ejecutiva Nacional con sede en Madrid”.
“En consecuencia”, concluye la resolución, “los datos de carácter personal de los denunciantes fueron tratados por el Sindicato SUP, al llevar a cabo las acciones señaladas”.
La Agencia de Protección de Datos concluye que está probado que el SUP llevó a cabo “un tratamiento de datos de carácter personal sin consentimiento de los afectados”. Además, se sanciona a esta organización policial por haber vulnerado el “deber de confidencialidad” respecto a los datos personales de la abogada y su cliente.
(SERVIMEDIA)
23 Nov 2012
NBC