Matrimonios gays. Uno de los discrepantes del TC asegura que con la nueva ley también puede darse el matrimonio “entre un tío y su sobrino”

- Asegura que la norma “prescinde del componente antropológico” del matrimonio

MADRID
SERVIMEDIA

El magistrado Ramón Rodríguez Arribas, uno de los tres miembros del Tribunal Constitucional que votó en contra de avalar la reforma del Código Civil que autoriza desde julio de 2005 las bodas entre personas del mismo sexo, asegura en su voto particular que la nueva ley “realiza una verdadera filigrana para eludir hablar de sexo al definir el matrimonio, con lo que, a primera vista, éste podría constituirse entre un tío y un sobrino”.

El magistrado asegura en su voto particular, hecho público hoy junto a la sentencia, que la Ley de matrimonio homosexual “prescinde absolutamente del componente biológico o antropológico ínsito en el matrimonio desde que apareció el ser humano en el planeta y que como institución precedió a la tribu”. El matrimonio, para este magistrado, “es una unión sexual que la naturaleza destina a la perpetuación de la especie humana”

También defiende que el único encaje que podría tener una legislación sobre el matrimonio homosexual es una reforma de la Constitución, que solo contempla “el matrimonio entre el hombre y la mujer”.

Rodríguez Arribas critica asimismo que sus compañeros justifiquen su aval al matrimonio homosexual con el argumento de que la Constitución debe someterse a una “interpretación evolutiva” para acomodarse “a las realidades de la vida moderna”. “La imagen maestra de una garantía institucional no puede someterse a los avatares de la cultura jurídica a lo largo del tiempo”, responde Arribas.

Este magistrado advierte en este sentido de que “resulta muy peligroso sentar el principio de que las normas pueden no decir lo que dicen, sino lo que se quiere que digan”.

Rodríguez Arribas, aún así, defiende en su voto la “dignidad” de los homosexuales, una cualidad que a su entender “exigía que sus pretensiones en el acceso al matrimonio no fueran satisfechas por la puerta de atrás de la Constitución, sino postulando su reforma”.

ADOPCIÓN DE LOS HOMOSEXUALES

El magistrado discrepante también censura que sus compañeros haya respaldado la adopción por parte de las parejas homosexuales. Advierte en este sentido del peligro de que un menor “se encuentre con que tiene dos padres y ninguna madre o dos madres y ningún padre o haya que convertir a una mujer en padre o a un hombre en madre”. Rodríguez Arribas coincide en este aspecto con los otros dos magistrados discrepantes, Andrés Ollero y Juan José González Rivas.

(SERVIMEDIA)
15 Nov 2012
DCD