PSOE e Izquierda Plural afirman que la reforma laboral quebranta el diálogo social

MADRID
SERVIMEDIA

“La Constitución protege un modelo de relaciones sociolaborales que busca el equilibrio, el diálogo y la integración de posiciones contradictorias, un modelo que la reforma laboral quebranta”.

Así lo afirma el recurso que PSOE y La Izquierda Plural presentaron hoy ante el Tribunal Constitucional contra la reforma laboral, por entender además que nueve de sus artículos violan otros diez de la Constitución.

En concreto, consideran que vulnera el papel institucional reconocido constitucionalmente a las organizaciones sindicales y empresariales (artículo 7), el derecho a la libertad sindical (artículo 28), a la negociación colectiva (artículo artículo 37), al trabajo (artículo 35), a la tutela constitucional frente a los tratamientos discriminatorios (artículos 14, 23 y 103), y a la tutela judicial efectiva (artículo 24).

Según el recurso, de 94 páginas y suscrito por 115 diputados, la reforma vulnera “el reconocimiento constitucional de la fuerza vinculante de los convenios colectivos”, así como el ejercicio de la actividad sindical y el derecho a la tutela judicial efectiva.

En este sentido, señalan que la reforma atribuye a la Comisión consultiva Nacional de Convenios Colectivos la facultad de acordar la inaplicación de lo pactado por las representaciones de trabajadores y empresario a través del convenio colectivo, y además, recuerdan que atribuye al empleador la facultad de acordar “unilateralmente” la modificación de condiciones de trabajo acordadas en los mismos.

Otro de los aspectos que recurren PSOE e Izquierda Plural es que el contrato de apoyo a los emprendedores debe incorporar un periodo de prueba “de un año en todo caso”, lo que vulnera tres preceptos constitucionales: El derecho al trabajo (artículo 35.1 de la CE), así como los antedichos sobre el derecho a la negociación colectiva y a la tutela judicial efectiva.

Inconstitucional es también, según los recurrentes, que la nueva regulación prescinda del elemento de causalidad en la delimitación de los motivos económicos y empresariales para el despido.

(SERVIMEDIA)
05 Oct 2012
VBR