La Audiencia Nacional recuerda a Ryanair que debe someterse a la legislación española

- La aerolínea debe pagar 4.500 euros por vulnerar la Ley de Seguridad Aérea

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Nacional ha recordado a la compañía aérea Ryanair que debe someterse a la legislación española en los vuelos que realice dentro del territorio nacional y ha confirmado la multa de 4.500 euros que le fue impuesta a la aerolínea por vulnerar la Ley de Seguridad Aérea.

Los hechos se remontan al 25 de junio de 2010, cuando un sargento de la Guardia Civil, que se encontraba en comisión de servicios, fue a embarcar en un vuelo de Ryanair en el aeropuerto madrileño de Barajas.

A pesar de que el sargento había cumplido todos los requisitos legales para poder viajar con su arma reglamentaria, el comandante del avión le prohibió la entrada al vuelo alegando que la legislación irlandesa no permite viajar con una pistola.

A raíz de estos hechos, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea impuso a Ryanair una multa de 4.500 euros por vulnerar la Ley de Seguridad Aérea.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 11 de la Audiencia Nacional ha decidido ahora confirmar la resolución sancionadora y desestimar el recurso interpuesto por Ryanair, en el que la compañía aérea defendió la competencia exclusiva de las autoridades irlandesas en la materia.

El titular del juzgado, el magistrado Manuel Ponte Fernández, recuerda en la sentencia que, según que la normativa europea, cada compañía aérea debe someterse “al programa nacional de seguridad para la aviación civil del estado miembro en que preste sus servicios, en este caso España”.

La resolución señala además que el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, suscrito tanto por España como por Irlanda, reconoce “la competencia de cada estado para el establecimiento de las normas y reglamentaciones de circulación aérea que deben cumplir las aeronaves que sobrevuelen su territorio soberano, con independencia de la nacionalidad del operador”.

(SERVIMEDIA)
10 Sep 2012
DCD