El TS establece que enviar dinero a familiares de presos “yihadistas” no es delito
- Absuelve al marroquí que utilizó una carnicería de Burgos para enviar remesas
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El Tribunal Supremo ha decidido absolver al marroquí Wissan Lotfi, condenado por la Audiencia Nacional a cinco años de cárcel por utilizar una carnicería de Burgos para recaudar dinero y enviarlo a una persona encarcelada por los atentados de Casablanca, al concluir que no puede considerarse delito “el ayudar económicamente a la esposa o a los familiares de una persona que se halla presa por una condena por terrorismo”.
Los magistrados de la Sala de lo Penal, presididos por Carlos Granados, han decidido estimar el recurso de Lotfi y revocar la sentencia dictada en junio de 2011 por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
La Audiencia Nacional condenó al procesado a cinco años de cárcel por un delito de colaboración con organización terrorista al considerar probado que, como persona “afín a la ideología salafista-yihadista” y que se movía “dentro de la órbita marcada por Al-Qaeda”, recaudó en su carnicería de Burgos entre los años 2003 y 2007 dinero para enviárselo a los familiares de Bouchaib Magher, detenido en diciembre de 2002 por su participación en los atentados de Casablanca (Marruecos).
A pesar de considerar probado que Lotfi sí recaudó y envió dinero a la esposa de Lotfi, los magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo señalan en la sentencia hecha pública hoy que “el enviar dinero a familiares directos de presos para que atiendan a sus gastos mientras que la persona que los alimentaba se halla en prisión no constituye un delito de colaboración con organización terrorista”. El Alto Tribunal considera que Lotfi no financió el terrorismo y que ayudó a los familiares de Buchaib “por razones humanitarias”.
PRESOS DE ETA
Los magistrados recuerdan además que “incluso las instituciones oficiales prestan ayuda económica mediante subvenciones a los familiares de los presos de ETA” sin que ello se considere delito.
“Si las instituciones oficiales y las asociaciones privadas pueden asignar subvenciones a los familiares de los presos por delitos de terrorismo, es claro que no puede punirse la conducta de los amigos y allegados consistente en asignar sumas de dinero a la esposa de una persona que se halla presa por delito de terrorismo”, indica la sentencia.
El Alto tribunal señala además “no consta probado” que Bouchaib “pertenezca a una organización terrorista. Critica en este sentido a la Audiencia Nacional porque en su sentencia “no se especifica que Bouchaib perteneciera a una organización terrorista concreta” y porque “se limita a exponer que fue condenado por los atentados terroristas de mayo de 2002 en Casablanca” a través de “notas de prensa”.
“Lo que no cabe decir a mayores es que perteneciera a una organización terrorista, dado que no consta en la causa ningún elemento probatorio sobre el particular”, señala la sentencia del Supremo.
(SERVIMEDIA)
06 Jul 2012
DCD