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ETA. La Audiencia absuelve a 11 dirigentes de D3M y Askatasuna por estar “alejados de la violencia”

- Estaban acusados de intentar “colar” a ETA en las instituciones

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Nacional ha decidido absolver a los 11 dirigentes de las formaciones de la izquierda abertzale D3M y Askatasuna, a los que se acusaba de seguir las órdenes de ETA y de poner en marcha estos partidos políticos para que la banda terrorista pudiese entrar de nuevo en las instituciones, al concluir que los procesados “estaban alejados de la violencia contra las personas” y solo se dedicaban “a la mediación en el espacio político”.

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido absolver a los acusados de D3M y Askatasuna, cuyas listas a las elecciones del País Vasco del 1 de marzo de 2009 fueron anuladas por el Tribunal Supremo y el Constitucional, al entender que “no ha quedado probado que los acusados, de una forma consciente y deliberada, actuasen en apoyo de la organización terrorista ETA”, según consta en la sentencia notificada hoy.

La Fiscalía solicitaba penas de entre cinco y siete años de cárcel para los 11 acusados por delitos de pertenencia y colaboración con organización terroristas.

Los absueltos son la portavoz de D3M, Amparo Lasheras, así como los miembros de esta formación Arantza Urkaregui, Elisabet Zubiaga, Iker Rodrigo, Imanol Nieto, Agurtzane Solabarrieta, Hodei Egaña, Unai Berrostegieta y Zuriñe Zorrozua. También han sido absueltos el presidente de Askatasuna, José Antonio Munduate y su secretario general, Xabier Isasa.

ILEGALIZACIÓN DE CANDIDATURAS

Una de las claves de la sentencia absolutoria está en la tesis mantenida por los magistrados –Manuela Fernández Prado y Ramón Sáez Valcárcel- según la cual haber formado parte de un partido que ha sido ilegalizado no inhabilita a una persona para participar en política.

“Promover candidaturas ideológicamente asociadas a las izquierda abertzale, ser su candidato, apoderado, interventor, aunque sea de un partido ilegalizado posteriormente, por si mismo no supone un comportamiento antijurídico”, señala la resolución, que ha contado con el voto particular del tercer magistrado del tribunal, Nicolás Poveda, que considera que sí existen elementos suficientes para condenar a los acusados.

El fiscal encargado del caso, Vicente González Mota, sostenía que tanto Askatasuna como D3M fueron creadas para dar continuidad a “la actividad del entramado institucional de ETA” y actuaban bajo “la estrategia impuesta por la organización terrorista”.

El tribunal señala sin embargo en la sentencia que los procesados “han ejercido los derechos políticos de los que son sus titulares y de cuyo ejercicio no han suspendidos o inhabilitados”. Sus actuaciones “son acciones realizadas en el ámbito del espacio público, de mediación en el espacio político, visibles y amparadas formalmente en la legalidad, alejadas de la clandestinidad y de la violencia contra las personas”.

Los magistrados de la Audiencia Nacional sostienen en este sentido que la ilegalización de un partido político “no produce efecto alguno sobre los promotores, dirigentes, afiliados o candidatos del partido”, quienes “no pierden el ejercicio de sus derecho políticos” y pueden “volver a presentarse a las elecciones”.

PARTIDOS DE ETA

A pesar de todas estas valoraciones sobre la actividad individual de los procesados, los magistrados afirman que tanto Askatasuna como D3M son formaciones que han sido creadas por ETA para suceder a Batasuna con el objetivo de “crear un cauce participativo en la vida política”. Pero, sin embargo, los magistrados aseguran que no hay pruebas de que los integrantes de estas formaciones perteneciesen o colaborasen con la organización terrorista.

La sentencia destaca que “no se ha encontrado un elemento de conexión directo” con ETA ya que “no mantienen contactos clandestinos, no aparecen mencionados en los documentos de la organización terroristas ni entregan fondos a la misma.

El tribunal de la Audiencia Nacional hace hincapié en el hecho de que los 11 acusados “no eran conscientes” de estar colaborando con ETA. “No encuentra este tribunal elementos suficientes para llegar al convencimiento, sin un margen razonable de duda, de que tenían que conocer que no se trataba solo de apoyar a la izquierda abertzale, sino a las misma ETA”, indica la resolución.

(SERVIMEDIA)
18 Jun 2012
DCD