El Supremo deja en manos del pleno la admisión de la querella contra Dívar
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La Sala de Admisión del Tribunal Supremo ha decidido dejar en manos del pleno de la Sala de lo Penal, compuesta por todos sus magistrados, la decisión de admitir o no la querella presentada contra el presidente de la institución, Carlos Dívar, en la que se le acusa de un delito de estafa por los 20 viajes que realizó a Marbella (Málaga) por valor de casi 13.000 euros y que cargó a las cuentas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Los cinco magistrados de la Sala de Admisión, reunidos esta mañana para estudiar la querella, han decidido finalmente abocar a pleno la decisión sobre su admisión a trámite, según informaron fuentes del Supremo.
El pleno se celebrará este miércoles a partir de las 11.00 horas y en él participarán 14 magistrados. El Supremo ha decidido dejar fuera de esta reunión al magistrado Francisco Monterde, para que, si se admite a trámite la querella, pueda ser nombrado instructor de la causa y no se vea contaminado.
ESTAFA Y MALVERSACIÓN
La querella, presentada por la Asociación Preeminencia del Derecho, atribuye a Dívar delitos de estafa, apropiación indebida y malversación de caudales públicos, unas figuras penales que conllevan penas de prisión e inhabilitación.
Los hechos que se denuncian en la querella , presentada el pasado 31 de mayo, son “haber cargado costos totales o parciales de viajes o estancias privadas de asueto a los fondos del CGPJ”.
La Fiscalía pidió la semana pasada al Supremo que rechazase la querella. En el escrito presentado el pasado viernes en el Alto Tribunal, firmado por el teniente fiscal del Supremo Juan José Martín Casallo, aseguraba que Dívar “fue acomodándose, caso por caso, viaje por viaje, a las exigencias derivadas de las funciones que le correspondía desempeñar”.
POSICIÓN DE LA FISCALÍA
El Ministerio Público afirmaba en su escrito que los hechos atribuidos a Dívar en la querella “no son constitutivos de delito alguno”. El fiscal admitía sin embargo que las actividades de Dívar , como presidente del Supremo y del CGPJ, “presentan unos límites imprecisos, más borrosos, en los que a veces resulta muy difícil de separar o de delimitar la actividad pública de la privada”.
Martín Casallo se remitió además a los argumentos que ya utilizó para archivar el pasado 21 de mayo las actuaciones abiertas contra el presidente del Alto Tribunal en el seno de la Fiscalía a raíz de la denuncia presentada por el vocal del CGPJ José Manuel Gómez Benítez.
El informe de la Fiscalía, como en aquella ocasión, destacó que la normativa del CGPJ que regula los viajes de sus miembros, que data de 1996, permite justificar los gastos de los viajes de los vocales sin necesidad de hacer constar el motivo del desplazamiento.
(SERVIMEDIA)
11 Jun 2012
DCD