ETA. Condenados a 843 años de prisión los etarras Otegi y Celarain por el atentado de Santa Pola
- En la explosión murieron un hombre y una niña de seis años
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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a sendas penas de 843 años de cárcel a los etarras Oscar Celarain y Andoni Otegi como autores materiales del atentado contra la casa cuartel de Santa Pola (Alicante), que tuvo lugar el 4 de agosto de 2002 y en el que murieron un hombre y una niña de seis años.
Los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, presididos por Fernando García Nicolás, han encontrado a Celarain y Otegi culpables de dos delitos de asesinato terrorista y 51 en grado de tentativa, además de un delito de estragos.
Además de los 843 años de cárcel, la Audiencia Nacional ha condenado a Otegi y Celarain al pago de nueve millones de euros en concepto de indemnizaciones. De este dinero, seis millones irán al Estado por la reconstrucción del cuartel, 2,5 millones serán destinados a las víctimas (211.768 a los padres de la niña y 75.539 a los herederos del hombre fallecido) y 839.000 euros a los perjudicados por los daños materiales.
En la sentencia hecha pública hoy se considera probado que Celarain y Otegi, quienes formaban parte del “comando Argala” de ETA, se desplazaron el 28 de julio hasta Santa Pola, donde se hospedaron en un camping que quedaba a menos de 400 metros del lugar del atentado.
El 4 de agosto de 2002, sobre las 20.15 horas, los terroristas hicieron explotar un coche-bomba que habían estacionado junto a la valla del acuartelamiento de la Guardia Civil de la localidad, una acción llevada a cabo en el marco de la “campaña de verano” de la organización terrorista.
NIÑA DE SEIS AÑOS
En la explosión murieron una niña de seis años de edad, hija de uno de los agentes de la casa cuartel, y Cecilio Gallego, un vecino del municipio que se encontraba esperando al autobús en una calle contigua.
La deflagración provocó además un total de 51 heridos, así como cuantiosos daños materiales en el acuartelamiento, en los coches y en las viviendas colindantes.
Los magistrados de la Audiencia Nacional han basado la condena en la “cantada” o “autocrítica” remitida por Otegi y Celarain a la dirección de ETA y en el reconocimiento fotográfico de los etarras realizada por varios testigos. También han tenido en cuenta la cinta de video con imágenes de la casa cuartel encontrada en el domicilio que Otegi y Celarain compartían en Francia cuando fueron detenidos y la declaración efectuada por el etarra Juan Carlos Besance, quien reconoció que había comprado los billetes de autobús para que los terroristas se desplazaran hasta la localidad alicantina.
Para el tribunal, todas estas pruebas demuestran “sin genero de dudas” que los procesados fueron los autores materiales del atentado. Celarain y Otegi fueron detenidos el 20 de septiembre de 2002 en la localidad francesa de Bagneres de Luchon.
(SERVIMEDIA)
18 Mayo 2012
DCD