Banca

El Banco de España aprueba la circular que desarrolla nuevas herramientas macroprudenciales

MADRID
SERVIMEDIA

El consejo de gobierno del Banco de España ha aprobado la Circular 5/2021, que desarrolla las tres nuevas herramientas macroprudenciales introducidas por el real decreto-ley 22/2018 y el real decreto 102/2019 en la legislación española de entidades de crédito: un componente sectorial del colchón de capital anticíclico, límites a la concentración sectorial y límites y condiciones a la concesión de préstamos y otras operaciones.

Según informó el organismo en un comunicado, esta circular, que modifica la 2/2016 sobre supervisión y solvencia, completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a una directiva europea y reglamento. Fue publicada hoy en el Boletín Oficial de Estadística (BOE) y entrará en vigor en 20 días.

El objetivo del componente sectorial del colchón anticíclico es mitigar los riesgos sistémicos que se puedan concentrar en exposiciones a sectores concretos, algo que se ha observado en el pasado en distintas ocasiones y también en muchos países, incluida España.

En esos casos, se puede esperar que las herramientas macroprudenciales agregadas sean menos efectivas, al aplicarse a todos los sectores por igual. Por tanto, la introducción de un componente sectorial supone una mejora técnica de este colchón, pues permite su aplicación tanto al conjunto de las exposiciones como a sectores concretos, o incluso a ambos simultáneamente, según destacó el Banco de España.

Su activación sobre sectores específicos se determinará a partir de un conjunto amplio de indicadores de alerta temprana sobre desequilibrios financieros sectoriales en España, que suelen venir acompañados de incrementos del riesgo sistémico en el sistema financiero.

Los límites a la concentración sectorial complementan al componente, pues su activación permitiría frenar de forma más directa la concentración de riesgos en carteras específicas, al imponer una restricción del volumen de las exposiciones crediticias a un sector concreto.

Dado que la concentración se define en términos de la ratio de exposición sectorial sobre el capital de nivel 1 ordinario (CET1) de las entidades, la activación de un límite no supondría un techo absoluto a las exposiciones, mientras que las herramientas anteriores inciden tanto en las operaciones ya existentes como en las nuevas, la fijación de límites y condiciones sobre la concesión de préstamos y otras operaciones afectaría exclusivamente al flujo de crédito nuevo, y su efecto esperado sería una reducción del riesgo implícito de cada nueva operación.

La circular establece distintos límites y condiciones susceptibles de ser activados, como, por ejemplo, límites al endeudamiento máximo de un cliente en función de diversas variables (garantías aportadas, ingresos…), límites al plazo de vencimiento de las operaciones o exigencias mínimas de amortización del principal.

Estas medidas se podrán activar de forma individual o conjunta, y podrán usarse también junto con otros instrumentos macroprudenciales. A diferencia de los instrumentos anteriores, que refuerzan la solvencia de acreedores, en este caso se refuerza la solvencia de los deudores.

(SERVIMEDIA)
23 Dic 2021
MMR/clc