Ingreso Mínimo Vital

Luz verde definitiva a la Ley del Ingreso Mínimo Vital

- Con el apoyo de los partidos que forman el Gobierno, además de ERC y Bildu

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Congreso de los Diputados respaldó este jueves la aprobación definitiva de la ley que regula el Ingreso Mínimo Vital (IMV), ayuda que hasta ahora se regía por el Real Decreto-Ley 20/2020.

La norma, que volvió a la Cámara Baja tras la introducción de nuevas enmiendas en el Senado, salió adelante con los votos a favor de PSOE, Unidas-Podemos, Esquerra Republicana y Bildu. PP, PNV, BNG, Foro Asturias y Pdecat votaron en contra; y Vox, Ciudadanos, Más País y Compromís se abstuvieron.

De ahora en adelante, será una ley la norma que regule esta prestación, lo que “certifica su seguridad jurídica”, indicaron desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

En la actualidad, el IMV llega a 824.000 personas, de las que 300.000 son menores de edad.

INFANCIA Y DISCAPACIDAD

El mayor cambio en el contenido de esta norma respecto al decreto del Gobierno aprobado en junio de 2020 es la inclusión del llamado Complemento de Ayuda a la Infancia (CAI), una ayuda por hijo a cargo de entre 50 y 100 euros mensuales para las familias beneficiarias. Su cuantía variará según las edades de los menores: 100 euros mensuales por cada hijo menor de tres años, 70 euros por cada hijo de entre tres y seis años, y 50 euros al mes para aquellos de entre seis y 18 años.

Esta nueva prestación también llegará a familias en situación de pobreza que no cumplan con los requisitos para recibir el IMV –se concederá a los hijos de hogares con hasta el triple de renta que lo exigido en el Ingreso Mínimo y con un patrimonio neto inferior al 150% de sus límites-.

Asimismo, el texto aprobado hoy incluye un aumento del 22% en la cuantía que percibirán a través del IMV aquellos hogares donde viva una persona con discapacidad igual o superior al 65%.

Otras modificaciones introducidas en la norma durante su tramitación parlamentaria pasan por la exclusión de las rentas de prestaciones concedidas por motivo de dependencia o desempleo del cálculo de los ingresos y el patrimonio; la reducción del tiempo mínimo de emancipación para los menores de 30 años -pasa de tres a dos años-; la disminución de un año a seis meses del tiempo mínimo que debe acreditar la unidad de convivencia; la equiparación de las familias monoparentales con cuatro hijos o más a cargo, y la posibilidad permanente de considerar la renta del año en curso y no la del anterior para acceder a la ayuda, a fin de dar respuesta a la pobreza sobrevenida. También se cubrirá a aquellas personas que pierdan la protección del paro y se queden en una situación de necesidad sin derecho a otras ayudas, que deberán solicitar el IMV a través del SEPE.

(SERVIMEDIA)
16 Dic 2021
AGQ/clc