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El Supremo admite un recurso del taxi y se revisará la posible concesión irregular de 70 autorizaciones VTC en Madrid

Madrid
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo (TS) ha admitido el recurso de casación presentado por la Federación Profesional del Taxi de Madrid (FPTM), reconociéndola como parte interesada en el proceso de concesiones de VTC y tendrá que revisar el procedimiento de concesión de más de 70 autorizaciones en la Comunidad de Madrid.

En concreto, el TS ha determinado que la asociación es parte interesada en el proceso de revisión del cumplimiento de adjudicación de licencias VTC concedidas en los últimos años en la Comunidad de Madrid (CAM) y otorga así el acceso a los expedientes de concesión de estas autorizaciones. En la práctica, el fallo puede crear jurisprudencia y abre la puerta a estudiar la legitimación de las asociaciones de taxistas en esta causa.

El presidente de la FPTM, Julio Sanz, quien ha celebrado esta decisión, considera que llega en un momento crucial pues “queda poco tiempo para que se agote el tiempo de aplicación del decreto Ábalos y muchas de estas autorizaciones de las que hablamos podrían haberse concedido de forma irregular”.

En este sentido, Sanz ha subrayado que, desde la FPTM, fieles a su defensa del sector y comprometidos con el cumplimiento de la ley, “solicitaremos, en los casos en los que queden demostradas irregularidades, la revocación de estas autorizaciones, tal y como se ha producido en otras comunidades autónomas, en las que las organizaciones de taxistas lo han hecho posible”.

Y es que, una de las denuncias que hace la FPTM es que la CAM siempre se ha negado a facilitar la información de unos expedientes tal y como si se hacía en otras comunidades. “No entendemos la postura de la CAM, pues la intención del sector siempre ha sido la de contribuir con la administración y defender el cumplimiento de la ley”, ha añadido Sanz.

Así, recuerda que existen miles de autorizaciones funcionando en la capital concedidas entre 2013 y 2015, y que de demostrarse “las barbaridades administrativas que se realizaron en aquel periodo”, podrían quedarse sin permiso para circular. Para Sanz, “es comprensible y admirable el trabajo que realizaron los funcionarios públicos para sacar adelante tal cantidad de expedientes en el plazo legal, pero no lo es la de los responsables políticos, que se negaron sistemáticamente a revisarlos, para finalmente haber tenido que ser el Supremo el que nos permita a nosotros revisarlos”.

En esta línea, ha recordado que “en regiones como Valencia o Baleares las correspondientes Direcciones Generales de Transporte no tenían problema en remitir los expedientes, permitiendo al sector su revisión, y la paralización, acorde a la ley, de todas aquellas solicitudes irregulares o que no cumplían la norma”.

El auto del TS aplica a “la formación de jurisprudencia para completar, reforzar, matizar o corregir la existente, a fin de delimitar la legitimación activa de entidades como asociaciones del taxi, en los procedimientos de concesión de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor respecto del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa”.

Por último, Sanz ha recordado que la FPTM seguirá velando por el cumplimiento estricto de la ley y que esta es una más de las muchas causas judiciales que tienen abiertas para seguir haciéndolo en pro de la defensa de los intereses del sector y de los ciudadanos.

(SERVIMEDIA)
14 Dic 2021
BLC/gja