Garoña. Industria aprueba las ayudas a la reindustrialización por 25 millones de euros

- Las solicitudes deberán presentarse antes del 15 de diciembre

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha aprobado una resolución por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización en la zona de influencia de la central nuclear de Santa María de Garoña correspondientes al año 2010.

Según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE), la cuantía máxima total de las ayudas es de 25 millones de euros, de los que 6 millones serán subvenciones y el resto créditos reembolsables.

A estas ayudas podrán acceder proyectos presentados por entidades de los municipios comprendidos en las comarcas de Merindades y La Bureba-Ebro.

Las solicitudes deberán presentarse antes del próximo 15 de diciembre. En la convocatoria de 2010 todas las entidades y empresas están exentas de presentar garantías para los proyectos.

Las ayudas a la reindustrialización se enmarcan en la política de la UE de desarrollo de las regiones mediante el apoyo a la inversión y a la creación de empleo y se aplican según el mapa de zonas susceptibles de recibir apoyo aprobado por la Comisión Europea para el período 2009-2013.

Las actuaciones subvencionables se dividen en dos grandes ejes. Por un lado, apoyo a iniciativas industriales productivas generadoras de empleo que actúen como fuerza motriz de desarrollo empresarial e incorporen procesos de elevado contenido tecnológico y, por otro, apoyo a infraestructuras industriales o de servicios tendentes a conseguir suelo industrial de calidad.

Las primeras se materializan en forma de anticipos reembolsables sin interés de hasta el 50% de la inversión financiable, con 5 años de carencia y 10 años de amortización.

En el caso de las infraestructuras el apoyo del Gobierno adopta la forma tanto de subvenciones a fondo perdido de hasta el 50% de la inversión como de anticipos reembolsables sin interés de hasta el 75% de la inversión, con 5 años de carencia y 10 años de amortización.

En el área de infraestructuras podrán beneficiarse de las ayudas entidades públicas, empresas públicas dependientes de entidades públicas, instituciones sin ánimo de lucro y asociaciones de empresas que tengan por finalidad proporcionar servicios de uso común o compartido al sector empresarial de carácter técnico conexos a la actividad industrial.

Mientras, en el área de industria, los beneficiarios serán empresas públicas y privadas que desarrollen una actividad productiva de carácter industrial y asociaciones de empresas públicas y privadas que desarrollen una actividad productiva de carácter industrial.

(SERVIMEDIA)
30 Oct 2009
GFM