Reforma laboral. El Gobierno elimina el "despido exprés"

- El empresario pagará 20 días y sólo podrá el juez decidir que sean 33 días

MADRID
SERVIMEDIA

La reforma laboral aprobada este viernes por el Gobierno establece la desaparición del llamado despido exprés, que permitía al empresario despedir a un trabajador pagando directamente la indemnización prevista en el caso de ceses improcedentes.

Así lo explicaron fuentes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que señalaron que, de esta forma, el empresario deberá de justificar todos los despidos, por lo que pagará al empleado la indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 meses que corresponde a los ceses procedentes.

Posteriormente, el trabajador, si no está de acuerdo con esta indemnización, podrá denunciarlo ante la autoridad judicial, y será el juez el único que pueda decidir que el despido sea improcedente, lo que conllevaría el pago de 33 días por año, o 45 días en el caso del periodo previo a la entrada en vigor de la reforma.

Desde el Ministerio subrayaron que la desaparición del despido exprés es lógica ya que, de lo contrario, "no tendría sentido eliminar la autorización administrativa previa" en los expedientes de regulación de empleo (ERE).

Con estas medidas, se equipara el despido individual y el colectivo, con la única diferencia de que en el caso de un ERE hay un periodo obligatorio de consultas entre la empresa y los representantes de los trabajadores.

En ambos casos, el empresario sólo tendrá que justificar los despidos y es decisión de los trabajadores si llevan el caso al ámbito judicial.

El Ejecutivo defiende que este tipo de "despido exprés" no era "beneficioso ni para el empresario ni para el trabajador".

Ni en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en la que la responsable de Empleo informó sobre la reforma, ni en la nota de prensa que acompañó dicha comparecencia, el Gobierno informó sobre su decisión de eliminar la figura del "despido exprés".

(SERVIMEDIA)
10 Feb 2012
MFM/gfm