La Fiscalía no recurrirá la absolución de Camps
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La Fiscalía Anticorrupción ha decidido no recurrir la absolución del expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Campos y ha rechazado por lo tanto acudir al Tribunal Supremo para que se revise la sentencia del conocido como “el caso de los trajes”, según informaron a Servimedia fuentes del Ministerio Público.
La Fiscalía, dirigida en la actualidad por Eduardo Torres-Dulce, ha concluido tras varios días estudiando la sentencia que no existe “base suficiente” para poder recurrir en casación la absolución de Camps y del ex secretario general del PP Valenciano Ricardo Costa.
El jurado popular declaró el pasado 25 de enero a Camps y Costa “no culpables” del delito de cohecho impropio que se les atribuía por los trajes y regalos que supuestamente recibieron de la trama de corrupción del “caso Gürtel”. El jurado alcanzó esta decisión en una apretada votación, por cinco votos contra cuatro.
Las fuentes consultadas destacaron las complicaciones que presenta el recurso de casación en una causa con tribunal de jurado, ya que la revisión de las resoluciones está mucho más acotada y el Supremo se tendría que limitar a valorar si el jurado popular cometió alguna “aberración” en su argumentación.
En contra de la postura de la Fiscalía, el PSPV, personado como acusación popular en la causa, ha anunciado que sí recurrirá ante el Supremo la absolución de Camps y Costa, aunque existe un debate jurídico sobre si los socialistas pueden recurrir en solitario, ya que se adhirieron a la acusación del Ministerio Público.
DECISIÓN DEL JURADO
El pasado 25 de enero, los seis hombres y tres mujeres que compusieron el jurado popular comparecieron en la sala de vistas del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Tsjcv) y dieron a conocer su veredicto.
El portavoz del jurado explicó que consideran probado que "la relación” entre los presuntos cabecillas del “caso Gürtel”, Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez con Camps y Costa “era meramente comercial”, por lo que entienden que “no recibieron regalo alguno en consideración a su cargo”.
La Fiscalía había pedido que se condenase al expresidente de la Generalitat Valenciana y al ex secretario general del PP en la Comunidad Ricardo Costa al pago de sendas multas de 41.250 euros, al atribuirles delitos de cohecho pasivo impropio.
El Ministerio Público sostenía que Camps había recibido en consideración a su cargo diez trajes, cuatro americanas, cuatro corbatas y cuatro pares de zapatos, valorados en un total de 13.121 euros. Acusaba asimismo a Costa de haber sido obsequiado con cinco trajes, dos americanas y nueve pantalones, valorados en 10.075 euros.
El jurado popular, tras las 26 sesiones de juicio oral, consideró probado que ni Camps ni Costa tenían influencia “en materia de contratación” en relación con la trama de corrupción del “caso Gürtel”.
“No hay documentación que acredite que el señor Camps no pagara esos trajes”, señalaba el veredicto del jurado popular.
(SERVIMEDIA)
03 Feb 2012
DCD/caa