Consumo

Facua ve “absolutamente decepcionante” el anteproyecto de ley de servicios de atención al cliente

- Estima que aporta incluso “menos mejoras” en la protección de los consumidores que las iniciativas de José Luis Rodríguez Zapatero y de Mariano Rajoy

MADRID
SERVIMEDIA

Facua-Consumidores en Acción consideró este martes “absolutamente decepcionante” el borrador del anteproyecto de ley de servicios de atención al cliente que aprobó en primera lectura el Consejo de Ministros a instancias del Ministerio de Consumo y que, a su juicio, aporta incluso “menos mejoras” en la protección de los consumidores que las iniciativas planteadas por los gobiernos de José Luis Rodríguez Zapatero y Mariano Rajoy.

Así lo valoró en un comunicado en el que criticó que el texto establece el “desproporcionado” plazo de hasta un mes para responder a una reclamación, hasta el triple del que, recordó, “existe desde la década de los 80 para las hojas de reclamaciones en normativas autonómicas”, no impone indemnizaciones si este plazo se incumple y elimina la obligación de ofrecer un correo electrónico e incluso una dirección postal a la que plantear las quejas, entre otras cuestiones.

Tras lamentar que Consumo “ha desatendido casi todas” sus reivindicaciones, Facua aseguró que el contenido del borrador del anteproyecto del departamento de Garzón aporta incluso “menos mejoras” en la protección de los consumidores que el proyecto de ley de atención al cliente que llegó al Congreso en el último año de Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero, que no llegó a aprobarse, y que el anteproyecto del primer Ejecutivo de Mariano Rajoy, que la organización calificó en ambos casos como “muy deficientes”.

A su juicio, Consumo “pretende” que la futura norma “modifique” el texto refundido de la ley general para la defensa de los consumidores y usuarios con el fin de eliminar la obligación de que las empresas dispongan de correo electrónico e incluso una dirección postal para atender las consultas y reclamaciones de los clientes, algo que consideró “inaudito en pleno 2021”, y puntualizó que no establece ningún canal obligatorio de atención y "se limita a indicar que la vía será, al menos, la misma por la que se iniciase la relación contractual”.

Junto a ello, denunció que, en el caso de las empresas que dispongan de teléfono, el texto del borrador de anteproyecto “no regula el tiempo máximo de espera desde el establecimiento de la comunicación hasta que un operador atienda al consumidor”.

POCAS MEJORAS

Para la organización, son “muy pocas las mejoras que traería la ley” en los sectores objeto de regulación y sentenció que, en general, los usuarios “no podrán seguir exigiendo el abono de deudas que sean objeto de reclamación ante las administraciones hasta que éstas resuelvan”.

Además, aseguró que el “objetivo” del Gobierno con esta ley “ni siquiera es establecer unos parámetros mínimos de calidad que, a nivel general, tengan que cumplir los servicios de atención al cliente”. “Más allá de que limita enormemente las empresas objeto de la norma, el borrador del anteproyecto permite que prevalezcan sobre su articulado los contenidos de otras de carácter sectorial, con lo que todo lo que regule se podrá tumbar con una simple circular o una orden ministerial", resolvió.

(SERVIMEDIA)
16 Nov 2021
MJR/clc