Tribunales

El Supremo confirma la condena por tráfico de influencias a Jaume Matas por el caso 'Son Espases’

Madrid Mallorca
SERVIMEDIA

La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado este martes la sentencia de la Audiencia de Mallorca que condenó al expresidente del Gobierno balear Jaume Matas a 10 meses de prisión y 10 meses de inhabilitación especial para cargo público por delito de tráfico de influencias y como inductor de delitos de prevaricación continuada y fraude a la Administración en el caso ‘Son Espases’.

Según informa el Alto Tribunal, la condena obedeció a su actuación para conseguir la adjudicación a una determinada empresa de la construcción de un hospital en Mallorca, en la zona de Son Espases, durante la legislatura autonómica 2003-2007. Jaume Matas recurrió al Supremo sólo su condena por el delito de tráfico de influencias (de 6 meses de prisión y 3 años de inhabilitación).

Ahora, el Supremo desestima íntegramente sus alegaciones y subraya que, de acuerdo a los hechos probados, el acusado se aseguró la cercanía de personas de su confianza en el proceso de adjudicación por concurso del proyecto de construcción del hospital que había sido anunciada por él ya desde su campaña electoral para la presidencia del Gobierno de Islas Baleares, con el objetivo de beneficiar a una determinada empresa adjudicándole el proyecto de construcción del centro sanitario.

Con ese mismo fin, recuerdan los magistrados, para asegurar su control e influir en el proceso de adjudicación de la obra, dio la orden de contratar a una determinada consultora “prescindiendo de las normas de procedimiento y con el fin de que fuera ella quien llevara a la Mesa de Contratación las valoraciones de las ofertas de los licitadores”, contratación que se hizo a espaldas de la Mesa de Contratación.

Para el Supremo, el hecho probado describe “la presión moral y jerárquica” que Matas ejerció sobre sus subordinados, la exconsejera de Salud Ana Castillo y el director general del Instituto Balear de Salud Joaquín Sergio Beltrán, y cómo la actividad de los tres estaban encaminadas “a obtener de la Mesa una propuesta que fuera coherente con la decisión final del órgano de contratación”.

“Se trataba con ello de crear una apariencia de realidad que respaldase la decisión que desde el principio perseguía” Matas. “No se influyó sobre la Mesa”, sino sobre Sergio Beltrán como órgano de contratación, a quien Matas, “aprovechándose de la ascendencia derivada de su posición jerárquica, iba transmitiendo sus directrices, bien directamente, bien a través de Ana Castillo”. La Sala concluye que concurren los elementos integrantes del delito de tráfico de influencias.

En su sentencia, de 10 de julio de 2019, la Audiencia de Mallorca también condenó a la exconsejera Ana Castillo a 8 meses de prisión (pena sustituida por multa de 4.800 euros) y 10 años de inhabilitación como inductora de prevaricación y fraude; al ex director general Sergio Beltrán como autor material de prevaricación y fraude a 12 meses de prisión (sustituidos por multa de 5.760 euros) y 13 años de inhabilitación; y a Jesús Peinado, propietario de la empresa contratada para informar sobre las ofertas de adjudicación del contrato, como cooperador necesario de prevaricación y fraude a 12 meses de prisión (sustituidos por multa de 5.760 euros) y 10 años de inhabilitación. Ninguno de los tres recurrió su condena al Supremo.

(SERVIMEDIA)
02 Nov 2021
MGN/mjg/clc