La banca tendrá que informar de sus estrategias para hacer frente a los activos inmobiliarios adjudicados

MADRID
SERVIMEDIA

El Banco de España va a requerir a las entidades financieras que informen sobre las “políticas y estrategias” que hayan establecido para “hacer frente” a los activos inmobiliarios adjudicados o recibidos en pago de deudas.

Así consta en una circular del Banco de España, difundida este lunes, que modifica otra norma de abril de 2004 sobre información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.

Según explica el supervisor, la información incluirá todos los “aspectos relevantes” acerca de la estrategia seguida para la recuperación de la liquidez de esta clase de activos, con el objetivo de facilitar una “mejor compresión de los riesgos e incertidumbres que rodean esta clase de activos”.

“Las entidades facilitarán toda la información cualitativa y cuantitativa que consideren relevante a estos efectos”, señala el Banco de España.

De este modo, las entidades de crédito publicarán, al menos para los datos de cada 30 de junio, como mínimo, la información cualitativa y

cuantitativa sobre el mercado hipotecario, las financiaciones a la construcción, promoción inmobiliaria y adquisición de viviendas, y la relativa a los activos recibidos en pago de deudas.

Esta información se hará pública no más tarde de finales del segundo mes al que correspondan los datos.

El organismo que gobierna Miguel Ángel Fernández Ordóñez justifica esta iniciativa porque una de las áreas que “suscita mayor interés para el mercado, con respecto al sector financiero español, es su exposición al sector de la construcción y la promoción inmobiliaria, así como a la financiación para la adquisición de vivienda y el volumen de los activos adquiridos en pago de deuda”.

La información que se pide está relacionada con edificios terminados (vivienda y otros), edificios en construcción y suelo de actividades de financiación a empresas, y también de los activos procedentes de los préstamos a los hogares. Además, se hace referencia a los instrumentos de capital, participaciones y financiaciones de a las sociedades tenedoras de dichos activos.

Las modificaciones que plantea esta circular se aplicarán por primera vez en las cuentas anuales de correspondientes al 31 de diciembre de 2011, aunque en algunos aspectos concretos se retrasa su aplicación hasta el 31 de marzo de de 2012 e incluso hasta el 31 de diciembre de 2012.

(SERVIMEDIA)
05 Dic 2011
BPP/jrv/gfm