Telecomunicaciones
La nueva regulación sobre elaboración de guías telefónicas llega al BOE
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El BOE publicó este lunes la reforma de la Ley de Telecomunicaciones de 2014 por la que se revisa la regulación sobre suministro de datos para la elaboración de las guías telefónicas.
El Gobierno incluyó esta reforma en una ley ‘escoba’ que aprobó de forma definitiva el Congreso el pasado 14 de octubre, en la que también se actualiza el acceso a las profesiones de abogado y procurador.
En lo que se refiere a las guías de abonados, será a partir de ahora la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y no el Gobierno, la encargada de suministrar gratuitamente a las empresas y entidades los datos que les faciliten los operadores.
Además, a esos datos podrán acceder por primera vez de forma regulada los servicios estadísticos oficiales para la elaboración de encuestas, como lo vienen haciendo las compañías que publican guías de abonados, las que prestan el servicio de consulta telefónica sobre números de abonado y las deservicios de llamadas de emergencia.
En el trámite del Senado, se introdujo una enmienda transaccional para dejar claro que esta cesión de datos a organismos como el INE “deberá basarse en los principios recogidos en la normativa de protección de datos y especialmente, en los de minimización y limitación de la finalidad”.
En la nueva Ley de Telecomunicaciones de reforma de la vigente de 2014 que ha impulsado el Gobierno esta legislatura, las guías telefónicas dejan de ser consideradas un servicio universal, igual que las cabinas. Su elaboración y comercialización seguirá como en la vigente ley de 2014 en régimen de libre competencia.
(SERVIMEDIA)
25 Oct 2021
JRN/gja