20-J. LA AUDIENCIA NACIONAL ANULA LOS SERVICIOS MINIMOS IMPUESTOS POR CIENCIA Y TECNOLOGIA EN ANTENA 3 TV

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha declarado "la nulidad de pleno derecho" de los servicios mínimos fijados por el Ministerio de Ciencia y Tecnología en Antena 3 Televisión con motivo de la huelga general del pasado 20 de junio.

Según la resolución de la sala, de cuyo conenido informó hoy Comisiones Obreras, la Audiencia Nacional considera que dichos servicios mínimos vulneraban el derecho de huelga.

La Sala de lo Contencioso Administrativo asegura que aceptar los servicios mínimos fijados para mantener "los habituales servicios informativos" y "asegurar la continuidad de las emisiones", como expresaron Gobierno y empresa, "sería tanto como privar de eficacia a la huelga por esta vía de los servicios mínimos".

Según la Audiencia Nacional, se produciría una "evidete vulneración del derecho reconocido en el artículo 28 de la Constitución. Criterio que en semejantes circunstancias se sostiene en las sentencias del Tribunal Supremo de 15 de septiembre de 1995 y 20 de febrero de 1998".

Comisiones Obreras expresó hoy su satisfacción por la resolución de la Audiencia Nacional, pero lamentó que se produzca seis meses después de la celebración de la huelga general.

"Es un recurso habitual de ciertas empresas que, conociendo la secuencia normal de los hechos, impoen servicios mínimos abusivos conscientes de que su arbitraria decisión será eficaz ante la huelga, aunque más tarde la Justicia anule la orden", dice CCOO.

El sindicato de José María Fidalgo añade que "más impresentable resulta la conducta del Gobierno, que como poder público viene a formalizar y apoyar unos servicios mínimos cuyo único objetivo es la vulneración del derecho constitucional de huelga", consagrado en el artículo 28.2 de la Carta Magna.

(SERVIMEDIA)
03 Ene 2003
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