Cataluña

Los miembros de ERC imputados por el Tribunal de Cuentas presentan un recurso tras ser rechazado su aval

MADRID
SERVIMEDIA

La decena de miembros de ERC imputados por el Tribunal de Cuentas presentaron este viernes un recurso tras ser rechazado su aval, que cubría los 5,4 millones de euros en finanzas que se les exigía por promocionar con fondos públicos el ‘procés’ en el exterior, otorgado por el Instituto Catalán de Finanzas (ICF).

La defensa, según indica ERC en una nota, pide que, estimándose el recurso, se admitan los avales presentados y argumenta que los imputados han sufrido un “claro perjuicio” al verse “privados de la posibilidad de hacer uso del aval que les había otorgado el ICF conforme a la legalidad vigente”, sin que este haya estado “cuestionado, anulado o suspendido” y, por tanto, tener “plena vigencia legal”.

Asimismo, en el escrito exponen tres puntos principales. El primero es que la delegada instructora, en su resolución, hace una “interpretación distorsionada” del decreto ley que regula concesión de los avales, interpretando que “no cubre la responsabilidad contable, de manera incluso contraria a su literalidad”.

También critica que esta decisión de no aceptar los avales se pretende “inmune al control judicial” por el hecho de no haber podido alegar ni discutir la decisión sobre los avales antes de la resolución del pasado 14 de octubre de la magistrada, pese a que la defensa lo pidió en “reiterados escritos” al tribunal estas últimas semanas.

A su juicio, se genera una “absoluta indefensión” a los imputados, ya que tampoco se podrá volver a discutir en ningún otro momento procesal posterior. Además, asegura que también se genera “indefensión” por el desconocimiento de las garantías que se tienen que avalar, ya que la responsabilidad es “solidaria”.

El tercero subraya que se “vulnera claramente la presunción de inocencia” cuando la magistrada instructora “prejuzga la concurrencia de duelo, culpa o negligencia grave” por parte de los impuestos y no lo afirma de forma indiciaria.

Es decir, según ERC, la magistrada instructora asume que los imputados actuaron con “voluntad y mala fe”. También critica que lo haga en un acto “definitivo”, utilizando este prejuicio para estimar que esto los excluye del ámbito de aplicación del decreto ley. Este hecho “contamina gravemente la objetividad y la imparcialidad que después tiene que juzgar los hechos”.

(SERVIMEDIA)
22 Oct 2021
BMG/gja