ETA. 110 años de cárcel para el etarra Otegi Eraso por un atentado en Fuengirola
- Sentencia de la Audiencia Nacional
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La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al etarra Andoni Otegi Eraso a 110 años y seis meses de cárcel como autor material del atentado que tuvo lugar el 21 de junio de 2002 en Fuengirola (Málaga), en el que fueron heridas seis personas, entre ellas varios turistas extranjeros.
Los magistrados de la Sección Primera, presididos por Manuela Fernández Prado, han encontrado a Otegi culpable de seis delitos de tentativa de asesinato terrorista, uno de estragos, otro de robo de vehículo y un delito adicional de falsedad en documento oficial.
El tribunal ha decidido en cambio absolver por falta de pruebas al etarra Oscar Celarain, compañero de Otegi dentro del “Comando Argala” de ETA y para quien la Fiscalía solicitaba 146 años de cárcel por los mismos hechos.
Los magistrados destacan que los únicos indicios aportados en su contra procedían de la declaración de los peritos policiales que realizaron los informes de inteligencia, un elemento que, por si solo, no basta para dictar una sentencia condenatoria.
“No hay evidencia alguna de su intervención en el atentado de Fuengirola”, señala la sentencia antes de subrayar que “las pruebas se sustentan de manera exclusiva en los informes denominados de inteligencia”, unos elementos que no se pueden “incorporar al cuadro probatorio” sin corroboraciones externas.
DOCUMENTO INCULPATORIO
La condena contra Otegi se basa fundamentalmente en un documento escrito en euskera en el que se relatan pormenorizadamente los preparativos del atentado así como la posterior huida a Francia. El tribunal atribuye a Otegi la autoría de este documento manuscrito, incautado tras la detención en diciembre de 2002 en Tarbes (Francia) del dirigente de ETA Juan Fernández Iradi “Susper”.
“Es evidente que el autor del texto, cuya finalidad era la de transmitir a la organización información útil para la preparación de futuras actividades criminales, intervino en la ejecución de los hechos, preparó el coche bomba, que previamente sustrajo, y lo estacionó en Fuengirola”, indica la resolución hecha pública hoy.
PRESIDENCIA EUROPEA
Los magistrados consideran por lo tanto probado que Otegi, dentro de la “campaña de verano” del año 2002, colocó un coche-bomba frente al Hotel Las Pirámides de Fuengirola “coincidiendo con la temporada turística, una cumbre europea que se iba a celebrar en Sevilla y la finalización de la presidencia española de la UE”.
Otegi robó el vehículo utilizado en el atentado en Coín (Málaga) en la madrugada del 19 de junio. El artefacto colocado en él, compuesto por 67 kilos de explosivo, había sido llevado desde Francia.
El terrorista realizó una llamada telefónica sobre las 6.30 horas del 21 de junio de 2002 a la central de la Asociación de Ayuda en Carretera DYA en San Sebastián para alertar de la colocación de la bomba.
El aviso fue transmitido a la Guardia Civil y a la Policía Nacional en Fuengirola. Los agentes encontraron el coche-bomba a las 6.45 horas y procedieron a desalojar los edificios colindantes.
La explosión se produjo a las 7.00 horas e hirió a seis personas, entre ellas un menor y un policía, y provocó cuantiosos daños materiales en numerosos edificios y vehículos.
ETA reivindicó el atentado a través de un comunicado publicado en el diario “Gara” el 5 de julio, en el que señalaba que uno de los objetivos de su “campaña de verano” era “captar la atención internacional”, ya que la acción terrorista coincidió con el final de la presidencia española de la UE.
La resolución ha contado con el voto particular discrepante del magistrado Nicolás Poveda, quien considera que sí había elementos suficientes para condenar a Celarain por este atentado.
(SERVIMEDIA)
18 Nov 2011
DCD/jrv